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PEN Penal

Audiencia Provincial (orden penal)

La Audiencia Provincial es el tribunal colegiado de cada provincia y, en lo penal, cumple una doble función: enjuicia en primera instancia las causas que no corresponden a la Sección de lo Penal —como regla, los delitos castigados con pena privativa de libertad superior a cinco años (art. 14 LECrim)— y resuelve los recursos de apelación contra las sentencias de los Juzgados de lo Penal (art. 790 LECrim). Reforma de 2025: la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, sustituyó los Juzgados por Tribunales de Instancia organizados en Secciones; la nueva redacción del art. 14 LECrim, que ya habla de «Sección de Instrucción» y «Sección de lo Penal» del Tribunal de Instancia, entra en vigor el 3 de octubre de 2025. Lo que esta entrada llama «Juzgado de Instrucción» es hoy la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia del partido judicial, y «Juzgado de lo Penal», la Sección de lo Penal. Esa nueva redacción no se limita a cambiar el nombre de los órganos: amplía las competencias de las secciones con competencia en materia de violencia sobre la mujer e incorpora las Secciones de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia, con una regla de preferencia entre ambas (art. 14 LECrim).

Por Lorenzo Ballanti Morán · Fundador y CEO de JBH Asesoría Legal · Ingeniero informático · · Revisado el

Redactado con ayuda de inteligencia artificial en la primera versión de la plataforma. Revisión jurídica: Aroa Bartrina Zafra, abogada colegiada n.º 2211 del Il·lustre Col·legi d'Advocats del Vallès Oriental. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

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