Un plazo se cuenta con los días inhábiles del lugar donde está el juzgado. Aquí están los de 2026 para 36 plazas, con la fuente oficial de cada fiesta: el BOE para las nacionales y autonómicas, y el calendario de fiestas locales de cada comunidad para las del municipio. Son los mismos datos con los que cuenta plazos el motor de JBH.
Qué dice la ley
- Sábados, domingos y festivos. Son inhábiles a efectos procesales los sábados y domingos, los días de fiesta nacional y los festivos laborales de la comunidad autónoma y de la localidad (art. 182.1 LOPJ). Las horas hábiles van de las ocho de la mañana a las ocho de la tarde (art. 182.2).
- Agosto y Navidad. Son inhábiles todos los días de agosto y del 24 de diciembre al 6 de enero, ambos inclusive, para todas las actuaciones judiciales, salvo las que las leyes procesales declaran urgentes (art. 183 LOPJ).
- En penal, la instrucción no para. Todos los días y horas del año son hábiles para la instrucción de las causas criminales, sin necesidad de habilitación especial (art. 201 LECrim). Por eso una detención o una declaración en agosto no esperan.
- Quién cuenta el plazo. El día que vence un plazo se calcula desde la notificación y saltando los inhábiles del lugar donde está el órgano judicial, no del domicilio de quien recurre. En caso de duda, la fecha la confirma un abogado con el expediente delante.
Las plazas
- Albacete
- Alcalá de Henares
- Ávila
- Badajoz
- Barcelona
- Bilbao
- Burgos
- Ceuta
- Donostia/San Sebastián
- Eivissa
- Gijón
- Girona
- Granada
- Huesca
- Las Palmas de Gran Canaria
- Logroño
- Madrid
- Málaga
- Melilla
- Móstoles
- Murcia
- Oviedo
- Palma
- Pamplona
- Pontevedra
- Santa Cruz de Tenerife
- Santander
- Santiago de Compostela
- Sevilla
- Tarragona
- Teruel
- València
- Valladolid
- Vigo
- Vitoria-Gasteiz
- Zaragoza
¿Su plaza no está? Escríbanos y la añadimos. La calculadora de plazos ya aplica estos calendarios.