Qué es
Las eximentes son las causas que excluyen la responsabilidad criminal, enumeradas en el art. 20 CP: anomalía o alteración psíquica, intoxicación plena o síndrome de abstinencia, alteraciones en la percepción desde el nacimiento o desde la infancia, legítima defensa, estado de necesidad, miedo insuperable y cumplimiento de un deber o ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo.
Cuando concurren todos sus requisitos, la eximente es completa y excluye la responsabilidad criminal (art. 20 CP). Si no concurren todos los requisitos necesarios para eximir, opera como eximente incompleta, que es circunstancia atenuante (art. 21.1.ª CP): no absuelve, pero permite imponer la pena inferior en uno o dos grados (art. 68 CP).
Cómo funciona
- Eximente completa: excluye la responsabilidad criminal; en los supuestos de los tres primeros números del art. 20 CP se aplicarán, en su caso, las medidas de seguridad previstas en el Código.
- Eximente incompleta: permite imponer la pena inferior en uno o dos grados, atendidos el número y la entidad de los requisitos que falten o concurran y las circunstancias personales del autor (art. 68 CP), un efecto mucho más intenso que el de una atenuante ordinaria, que solo lleva a aplicar la pena en la mitad inferior (art. 66.1.1.ª CP).
- Prueba: la eximente debe quedar acreditada en el proceso, sin perjuicio de que el acusado esté amparado por la presunción de inocencia (art. 24.2 CE) respecto del delito.
- Cada eximente tiene requisitos propios (agresión ilegítima, necesidad racional del medio empleado y falta de provocación suficiente en la legítima defensa; que el mal causado no sea mayor que el que se trate de evitar en el estado de necesidad…), que se examinan caso a caso conforme al art. 20 CP.
En los casos previstos en la circunstancia primera del artículo 21, los jueces o tribunales impondrán la pena inferior en uno o dos grados a la señalada por la ley, atendidos el número y la entidad de los requisitos que falten o concurran, y las circunstancias personales de su autor, sin perjuicio de la aplicación del artículo 66 del presente Código.
Art. 68 CP · Ley Orgánica 10/1995 · texto en el BOE
Claves prácticas
- La prueba pericial (psiquiátrica, psicológica, toxicológica) es la columna vertebral de las eximentes de inimputabilidad: debe prepararse pronto y con rigor.
- En la legítima defensa, la reconstrucción fáctica (quién agredió primero, necesidad racional del medio empleado) decide el resultado; la instrucción es el momento de fijarla, ya desde las diligencias previas.
- La frontera entre eximente completa, incompleta y simple atenuante es gradual: conviene plantear los tres escalones de forma subsidiaria.
Cómo actúa la defensa
- Detectar la eximente desde el primer momento y orientar la instrucción a su prueba (periciales, testigos, historia clínica, documentación).
- Plantear peticiones subsidiarias: eximente completa, incompleta y, en su defecto, atenuantes, para plantear en cada escenario la alternativa que más favorezca al cliente.
- Cuantificar el efecto: defender la rebaja de la pena en uno o dos grados (art. 68 CP) y su reflejo en la pena concreta y en sus alternativas de cumplimiento.
- Gestionar las consecuencias: proponer la medida de seguridad menos gravosa cuando proceda y tratar la responsabilidad civil, que comprende la restitución, la reparación del daño y la indemnización de perjuicios materiales y morales (art. 110 CP).
La selección y prueba de la eximente la dirige siempre un penalista colegiado; la plataforma coordina con abogados independientes.
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre eximente completa e incompleta?
¿La legítima defensa libra de toda responsabilidad?
¿Qué pasa si el acusado tiene una enfermedad mental?
Jurisprudencia: cómo buscarla
La interpretación de «eximentes completas e incompletas» evoluciona con la doctrina de los tribunales. No reproducimos números de sentencia ni identificadores ECLI sin verificar: la jurisprudencia aplicable a un caso concreto debe localizarla y contrastarla un abogado colegiado en la fuente oficial. Puedes preparar tu estrategia de búsqueda en el CENDOJ con nuestro buscador de jurisprudencia asistido y validar cualquier referencia con el verificador de citas legales.
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