El texto oficial, literal
1. Luego que sea firme una sentencia, el letrado o letrada de la Administración de Justicia lo comunicará en el plazo de diez días al órgano previamente identificado como responsable de su cumplimiento, a fin de que, recibida la comunicación, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo.
2. Transcurridos dos meses a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo conforme al artículo 71.1.c), cualquiera de las partes y personas afectadas podrá instar su ejecución forzosa.
3. Atendiendo a la naturaleza de lo reclamado y a la efectividad de la sentencia, ésta podrá fijar un plazo inferior para el cumplimiento, cuando lo dispuesto en el apartado anterior lo haga ineficaz o cause grave perjuicio.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 104 LJCA tuvo 3 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 31/10/2011 al 20/03/2024 · redacción de la Ley 37/2011
1. Luego que sea firme una sentencia, el Secretario judicial lo comunicará en el plazo de diez días al órgano que hubiera realizado la actividad objeto del recurso, a fin de que, recibida la comunicación, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, y en el mismo plazo indique el órgano responsable del cumplimiento de aquél.
2. Transcurridos dos meses a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo conforme al artículo 71.1.c), cualquiera de las partes y personas afectadas podrá instar su ejecución forzosa.
3. Atendiendo a la naturaleza de lo reclamado y a la efectividad de la sentencia, ésta podrá fijar un plazo inferior para el cumplimiento, cuando lo dispuesto en el apartado anterior lo haga ineficaz o cause grave perjuicio.
Ya no está en vigor. BOE-A-2011-15937 en el BOE ↗
Del 04/05/2010 al 31/10/2011 · redacción de la Ley 13/2009
1. Luego que sea firme una sentencia, el Secretario judicial lo comunicará en el plazo de diez días al órgano que hubiera realizado la actividad objeto del recurso, a fin de que, una vez acusado recibo de la comunicación en idéntico plazo desde la recepción, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo, y en el mismo plazo indique el órgano responsable del cumplimiento de aquél.
2. Transcurridos dos meses a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo conforme al artículo 71.1.c), cualquiera de las partes y personas afectadas podrá instar su ejecución forzosa.
3. Atendiendo a la naturaleza de lo reclamado y a la efectividad de la sentencia, ésta podrá fijar un plazo inferior para el cumplimiento, cuando lo dispuesto en el apartado anterior lo haga ineficaz o cause grave perjuicio.
Ya no está en vigor. BOE-A-2009-17493 en el BOE ↗
Del 14/12/1998 al 04/05/2010 · redacción original
1. Luego que sea firme una sentencia, se comunicará en el plazo de diez días al órgano que hubiera realizado la actividad objeto del recurso, a fin de que, una vez acusado recibo de la comunicación en idéntico plazo desde la recepción, la lleve a puro y debido efecto y practique lo que exija el cumplimiento de las declaraciones contenidas en el fallo y en el mismo plazo indique el órgano responsable del cumplimiento de aquél.
2. Transcurridos dos meses a partir de la comunicación de la sentencia o el plazo fijado en ésta para el cumplimiento del fallo conforme al artículo 71.1.c), cualquiera de las partes y personas afectadas podrá instar su ejecución forzosa.
3. Atendiendo a la naturaleza de lo reclamado y a la efectividad de la sentencia, ésta podrá fijar un plazo inferior para el cumplimiento, cuando lo dispuesto en el apartado anterior lo haga ineficaz o cause grave perjuicio.
Ya no está en vigor. BOE-A-1998-16718 en el BOE ↗
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
Lo mencionan
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 10 sentencias de su repertorio, la primera de 2005. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 167/2021 ↗, de 4 de octubre de 2021 · Cuestión de inconstitucionalidad 3492-2021
…al impedir ponderar la totalidad de los intereses en conflicto al ejecutar una resolución eventualmente estimatoria y marginar la aplicación de los arts. 104 a 106 LJCA. De este modo la norma tendría una connotación procesal que excedería del Derecho sustantivo…
STC 231/2015 ↗, de 5 de noviembre de 2015 · Cuestión de inconstitucionalidad 1066-2012
…recurrentes -se observa- no han pedido la ejecución de la Sentencia de 24 de noviembre de 2009. Ha sido un tercero, amparado en lo dispuesto por los artículos 104.2 y 109.1 LJCA, en relación con los artículos 22 y 23.1 de la Ley 27/2006 de 18 de julio -a saber, la asociación…
STC 211/2013 ↗, de 16 de diciembre de 2013 · Recurso de amparo 2791-2012
…de súplica contra el citado Auto impugnando que en el mismo no se señalase plazo de ejecución a la Administración, con lo que se infringían los arts. 104.1 y 2 y 109.1 b) LJCA, con lesión del 24.1 CE. e) El Ayuntamiento dictó el decreto de 23 de febrero de 2010 por el que, de…
STC 144/2011 ↗, de 26 de septiembre de 2011 · Recurso de amparo 4858-2009
…deba requerir ante la Administración, que es a quien corresponde ejecutar el acto sancionador firme o confirmado por sentencia igualmente firme (art. 104.1 LJCA), con todo el derecho a impetrar la tutela judicial, mediante el procedimiento que estime oportuno, si…
STC 93/2010 ↗, de 15 de noviembre de 2010 · Recurso de amparo 10669-2006
…Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la parte recurrente instó la ejecución de la Sentencia al amparo de los arts. 104.2 y 113.2 LJCA, al no habérsele repuesto en el uso de las aguas por tiempo de diecinueve horas en tandas de doce días.…
STC 111/2009 ↗, de 11 de mayo de 2009 · Recurso de amparo 1206-2006
…de la compañía suministradora y, en su defecto, por los servicios correspondientes de la Generalitat Valenciana” y alega que, de acuerdo con el art. 104.2 LJCA y con la STC 4/1985 , de 18 de enero, “la solicitud de ejecución forzosa no se limita a quienes ……
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.