Qué dice la ley
En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
Art. 14 LPRL · Ley 31/1995 · texto en el BOE
Qué significa
Usted tiene derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. A ese derecho le corresponde un deber del empresario de protegerle frente a los riesgos laborales, según el art. 14 LPRL. Ese mismo deber recae sobre las Administraciones públicas respecto del personal a su servicio.
El art. 14 LPRL precisa que forman parte de ese derecho la información, la consulta y participación, la formación preventiva, la paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y la vigilancia de su estado de salud. Además, el coste de las medidas de seguridad y salud no puede recaer en modo alguno sobre los trabajadores. Y si la empresa designa a un trabajador para tareas preventivas o contrata a una entidad especializada, eso complementa su actuación, pero no la exime de su deber.
Cómo funciona: principios, plan y evaluación
- Aplicar los principios de la acción preventiva El art. 15 LPRL ordena evitar los riesgos, evaluar los que no se puedan evitar, combatirlos en su origen, adaptar el trabajo a la persona, tener en cuenta la evolución de la técnica, sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro, planificar la prevención, anteponer la protección colectiva a la individual y dar las debidas instrucciones a los trabajadores.
- Integrar la prevención con un plan El art. 16 LPRL exige integrar la prevención en el sistema general de gestión de la empresa, en todas sus actividades y niveles jerárquicos, mediante un plan de prevención de riesgos laborales que incluya la estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones, las prácticas, los procedimientos, los procesos y los recursos necesarios.
- Hacer la evaluación de riesgos El empresario debe realizar una evaluación inicial de los riesgos atendiendo a la naturaleza de la actividad, a las características de los puestos y de quienes los desempeñan (art. 16 LPRL). También al elegir equipos de trabajo o sustancias químicas y al acondicionar los lugares de trabajo.
- Actualizarla y planificar las medidas La evaluación se actualiza cuando cambian las condiciones de trabajo y se revisa, si es necesario, cuando se han producido daños para la salud. Si aparecen situaciones de riesgo, la empresa debe planificar las actividades preventivas fijando para cada una el plazo, los responsables y los medios, y asegurar su ejecución con seguimiento continuo (art. 16 LPRL).
- Vigilar la salud y seguir mejorando El art. 22 LPRL obliga a garantizar la vigilancia periódica del estado de salud en función de los riesgos del trabajo. El art. 14 LPRL añade una acción permanente de seguimiento de la actividad preventiva para perfeccionarla de forma continua.
El empresario deberá realizar una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta, con carácter general, la naturaleza de la actividad, las características de los puestos de trabajo existentes y de los trabajadores que deban desempeñarlos.
Art. 16 LPRL · Ley 31/1995 · texto en el BOE
Qué hacer si la empresa no cumple
- Pida por escrito la evaluación de riesgos de su puesto y la planificación de la actividad preventiva: son los instrumentos esenciales de gestión según el art. 16 LPRL.
- Deje constancia de lo que falla: guarde correos, partes, fotografías y comunicaciones. Sirven para acreditar que el riesgo era conocido.
- Diríjase a los representantes de los trabajadores: la información, consulta y participación forman parte de su derecho a una protección eficaz (art. 14 LPRL).
- Si el riesgo es grave e inminente, recuerde que la paralización de la actividad está prevista en el art. 14 LPRL como parte de ese derecho.
- Si le reclaman el coste de equipos o medidas de seguridad, opóngase: el art. 14 LPRL prohíbe que recaiga en modo alguno sobre los trabajadores.
- Si ya se ha producido un daño a la salud, la empresa debe investigar las causas (art. 16 LPRL). Consulte con un abogado colegiado antes de firmar documentos.
Errores frecuentes
- Creer que con entregar un equipo de protección individual ya está cumplido: el art. 15 LPRL antepone la protección colectiva a la individual.
- Pensar que contratar un servicio de prevención externo traslada la responsabilidad: el art. 14 LPRL dice que ello no exime al empresario de su deber.
- Dar por buena una evaluación antigua: debe actualizarse cuando cambian las condiciones de trabajo (art. 16 LPRL).
- Asumir que un descuido del trabajador anula la obligación: el art. 15 LPRL exige prever las distracciones o imprudencias no temerarias.
- Aceptar un reconocimiento médico sin saber que, por regla general, es voluntario y requiere su consentimiento (art. 22 LPRL).