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FIS Fiscal y tributario

IVA: deducción de las cuotas soportadas

Ha pagado IVA en sus compras y quiere restarlo del que repercute a sus clientes. La ley lo permite, pero exige tres cosas: ser empresario o profesional, tener el documento que justifica el derecho y respetar el plazo. Aquí se explica cada una con los artículos de la Ley del IVA.

Por Lorenzo Ballanti Morán · Fundador y CEO de JBH Asesoría Legal · Ingeniero informático ·

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