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CON Contencioso-administrativo

Suspensión del acto en vía administrativa

Ha recurrido y teme que la Administración ejecute el acto igualmente. Por regla general, recurrir no paraliza nada: hay que pedir la suspensión y justificarla. Aquí verá cuándo puede pedirse, qué se pondera y cuándo se entiende suspendido el acto por el paso del tiempo.

Por Lorenzo Ballanti Morán · Fundador y CEO de JBH Asesoría Legal · Ingeniero informático ·

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