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CON Contencioso-administrativo

Nulidad de pleno derecho del acto administrativo

Ha recibido una resolución y cree que la Administración se ha saltado algo grave. La ley reserva la nulidad de pleno derecho para una lista cerrada de supuestos. Aquí verá cuáles son, qué los diferencia de los defectos menos graves y por dónde empezar.

Por Lorenzo Ballanti Morán · Fundador y CEO de JBH Asesoría Legal · Ingeniero informático ·

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