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CON Contencioso-administrativo

Legitimación para recurrir en el contencioso-administrativo

Ha recibido un acto de la Administración y quiere llevarlo al juzgado. Antes de nada hay que saber dos cosas: si usted puede recurrir y contra quién se dirige el recurso. La ley lo llama legitimación. Aquí se explica qué exige la LJCA, con el texto de los artículos.

Por Lorenzo Ballanti Morán · Fundador y CEO de JBH Asesoría Legal · Ingeniero informático ·

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