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CON Contencioso-administrativo

Artículo 21 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

1. Se considera parte demandada:

a) Las Administraciones públicas o cualesquiera de los órganos mencionados en el artículo 1.3 contra cuya actividad se dirija el recurso.

b) Las personas o entidades cuyos derechos o intereses legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones del demandante.

c) Las aseguradoras de las Administraciones públicas, que siempre serán parte codemandada junto con la Administración a quien aseguren.

2. A efectos de lo dispuesto en el párrafo a) del apartado anterior, cuando se trate de Organismos o Corporaciones públicos sujetos a fiscalización de una Administración territorial, se entiende por Administración demandada:

a) El Organismo o Corporación autores del acto o disposición fiscalizados, si el resultado de la fiscalización es aprobatorio.

b) La que ejerza la fiscalización, si mediante ella no se aprueba íntegramente el acto o disposición.

3. En los recursos contra las decisiones adoptadas por los órganos administrativos a los que corresponde resolver los recursos especiales y las reclamaciones en materia de contratación a que se refiere la legislación de Contratos del Sector Público los citados órganos no tendrán la consideración de parte demandada, siéndolo las personas o Administraciones favorecidas por el acto objeto del recurso, o que se personen en tal concepto, conforme a lo dispuesto en el artículo 49.

4. Si el demandante fundara sus pretensiones en la ilegalidad de una disposición general, se considerará también parte demandada a la Administración autora de la misma, aunque no proceda de ella la actuación recurrida.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 21 LJCA tuvo 2 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 15/01/2004 al 09/09/2010 · redacción de la Ley Orgánica 19/2003

    1. Se considera parte demandada:

    a) Las Administraciones públicas o cualesquiera de los órganos mencionados en el artículo 1.3 contra cuya actividad se dirija el recurso.

    b) Las personas o entidades cuyos derechos o intereses legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones del demandante.

    c) Las aseguradoras de las Administraciones públicas, que siempre serán parte codemandada junto con la Administración a quien aseguren.

    2. A efectos de lo dispuesto en el párrafo a) del apartado anterior, cuando se trate de Organismos o Corporaciones públicos sujetos a fiscalización de una Administración territorial, se entiende por Administración demandada:

    a) El Organismo o Corporación autores del acto o disposición fiscalizados, si el resultado de la fiscalización es aprobatorio.

    b) La que ejerza la fiscalización, si mediante ella no se aprueba íntegramente el acto o disposición.

    3. Si el demandante fundara sus pretensiones en la ilegalidad de una disposición general, se considerará también parte demandada a la Administración autora de la misma, aunque no proceda de ella la actuación recurrida.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2003-23644 en el BOE ↗

  2. Del 14/12/1998 al 15/01/2004 · redacción original

    1. Se considera parte demandada:

    a) Las Administraciones públicas o cualesquiera de los órganos mencionados en el artículo 1.3 contra cuya actividad se dirija el recurso.

    b) Las personas o entidades cuyos derechos o intereses legítimos pudieran quedar afectados por la estimación de las pretensiones del demandante.

    2. A efectos de lo dispuesto en el párrafo a) del apartado anterior, cuando se trate de Organismos o Corporaciones públicos sujetos a fiscalización de una Administración territorial, se entiende por Administración demandada:

    a) El Organismo o Corporación autores del acto o disposición fiscalizados, si el resultado de la fiscalización es aprobatorio.

    b) La que ejerza la fiscalización, si mediante ella no se aprueba íntegramente el acto o disposición.

    3. Si el demandante fundara sus pretensiones en la ilegalidad de una disposición general, se considerará también parte demandada a la Administración autora de la misma, aunque no proceda de ella la actuación recurrida.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1998-16718 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 6 sentencias de su repertorio, la primera de 2003. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 131/2017 ↗, de 13 de noviembre de 2017 · Recurso de amparo 3538-2016

    …García López; de ahí que la arriba citada debió ser considerada parte codemandada en el procedimiento judicial, de conformidad con lo previsto en el artículo 21.1 b) LJCA; y en ese entendimiento, la falta de emplazamiento antes referida, la ausencia de notificación de la…

  • STC 15/2016 ↗, de 1 de febrero de 2016 · Recurso de amparo 7465-2014

    …evacuando el trámite del art. 51 LOTC -en el que precisa el inicial y más confuso del recurso de amparo- relaciona con la inaplicación de los arts. 21.1 y 49.1 LJCA en cuanto al emplazamiento al proceso, aunque cite también, de una manera que parece accesoria o…

  • STC 241/2006 ↗, de 20 de julio de 2006 · Recurso de amparo 7556-2003

    …septiembre, a pesar de constar debidamente identificado en el expediente administrativo previo como parte interesada y exigir su emplazamiento los arts. 21.1 b), 48.1 y 49.1 LJCA, habiendo incumplido tanto la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Galicia como el órgano…

  • STC 159/2006 ↗, de 22 de mayo de 2006 · Recurso de amparo 4489-2003

    …afectación del interés sindical por la hipotética estimación del recurso y, con ello, la concurrencia de los requisitos legales establecidos por el art. 21.1 b) LJCA para que fuera aceptada la personación del sindicato como codemandado. Por otra parte rechaza que la…

  • STC 276/2005 ↗, de 7 de noviembre de 2005 · Recurso de amparo 6848-2000

    …82 LJCA, el recurso de apelación puede interponerse por quienes se hallen legitimados como parte demandante o demandada. Se trata de una remisión al art. 21.1 b) LJCA que señala que se considera parte demandada a las personas cuyos derechos o intereses legítimos…

  • STC 102/2003 ↗, de 2 de junio de 2003 · Recurso de amparo 3734-2000

    …a pesar de constar debidamente identificada en el expediente administrativo previo como parte interesada y de exigirlo así lo dispuesto en los arts. 21.1, 48.1 y 49.1 LJCA, incumpliendo tanto el Ayuntamiento de Vitoria como el órgano judicial los cometidos que tales…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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