Qué es
La administración desleal (art. 252 CP) sanciona a quien, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno —emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico—, las infringe excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causa un perjuicio al patrimonio administrado.
Es un delito propio del ámbito societario y empresarial: administradores, apoderados o gestores que se desvían del interés del patrimonio que tienen encomendado.
Elementos / requisitos jurídicos
- Posición de administración de un patrimonio ajeno (facultades legales, judiciales o negociales).
- Infracción de esas facultades por exceso: actuar fuera de los límites de la encomienda.
- Perjuicio efectivo al patrimonio administrado (no basta el riesgo abstracto).
- Dolo: conciencia y voluntad de exceder las facultades en perjuicio del titular.
La frontera con la apropiación indebida (art. 253 CP) está en el verbo típico: aquí se abusa de las facultades de gestión, allí se hace propio el bien.
Marco penal
El art. 252 CP remite a las penas de la estafa: se castiga con las penas del art. 248 CP (prisión de seis meses a tres años) o, en su caso, con las del art. 250 CP (prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses; y prisión de cuatro a ocho años y multa de doce a veinticuatro meses en los supuestos de su apartado 2). Si la cuantía del perjuicio patrimonial no excediere de 400 euros, se impone multa de uno a tres meses (art. 252.2 CP). Entre las circunstancias del art. 250 CP que elevan la pena figura que el valor de la defraudación supere los 50.000 euros; el apartado 2 del art. 250 CP se aplica, entre otros casos, cuando supere los 250.000 euros.
1. Serán castigados con las penas del artículo 248 o, en su caso, con las del artículo 250, los que teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, emanadas de la ley, encomendadas por la autoridad o asumidas mediante un negocio jurídico, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y, de esa manera, causen un perjuicio al patrimonio administrado. 2. Si la cuantía del perjuicio patrimonial no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.
Art. 252 CP · Ley Orgánica 10/1995 · texto en el BOE
Los grados, las circunstancias modificativas (art. 66 CP) y los concursos alteran el cómputo; el cálculo lo hace un abogado colegiado. Horquilla orientativa con la calculadora de pena.
Fases / procedimiento
Procedimiento abreviado en la mayoría de casos. La instrucción suele exigir prueba documental societaria y pericial contable de envergadura para acreditar el exceso de facultades y el perjuicio. Recorrido: denuncia/querella → diligencias previas → comparecencia del investigado (art. 775 LECrim) → juicio oral → ejecución y responsabilidad civil (art. 109 CP). Ubícate con la guía de la fase procesal.
Defensas y estrategias habituales
- Actuación dentro de las facultades: la decisión empresarial estaba amparada por la encomienda o por la regla del juicio empresarial razonable.
- Ausencia de perjuicio efectivo o de nexo causal.
- Discrepancia mercantil que corresponde a la jurisdicción civil/mercantil, no penal (orienta la herramienta civil o penal).
- Falta de dolo: error (art. 14 CP) o decisión de gestión legítima aunque desafortunada.
- Reparación del daño (art. 21 CP, circunstancia 5.ª).
Errores frecuentes
- Tratar como delito toda decisión empresarial fallida.
- No reconstruir el marco de facultades (estatutos, poderes, acuerdos sociales).
- Descuidar la pericial contable, que suele ser decisiva.
- Declarar sin haber ordenado antes la documentación societaria.
Cómo lo aborda un penalista colegiado
El colegiado delimita el perímetro de las facultades del administrador, separa la mala decisión empresarial del exceso punible, cuantifica (o discute) el perjuicio con pericial contable y valora la vía civil/mercantil paralela. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados especialistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.
Preguntas frecuentes
¿Toda mala gestión de una empresa es administración desleal?
¿Quién puede cometer este delito?
¿Se diferencia de la apropiación indebida?
Jurisprudencia: cómo buscarla
La interpretación de «administración desleal» evoluciona con la doctrina de los tribunales. No reproducimos números de sentencia ni identificadores ECLI sin verificar: la jurisprudencia aplicable a un caso concreto debe localizarla y contrastarla un abogado colegiado en la fuente oficial. Puedes preparar tu estrategia de búsqueda en el CENDOJ con nuestro buscador de jurisprudencia asistido y validar cualquier referencia con el verificador de citas legales.
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