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CON Contencioso-administrativo

Artículo 58 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

1. Las partes demandadas podrán alegar, dentro de los primeros cinco días del plazo para contestar la demanda, los motivos que pudieren determinar la incompetencia del órgano jurisdiccional o la inadmisibilidad del recurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 69, sin perjuicio de que tales motivos, salvo la incompetencia del órgano jurisdiccional, puedan ser alegados en la contestación, incluso si hubiesen sido desestimados como alegación previa.

2. Para hacer uso de este trámite la Administración demandada habrá de acompañar el expediente administrativo si no lo hubiera remitido antes.

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 10 sentencias de su repertorio, la primera de 2003. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 15/2021 ↗, de 28 de enero de 2021 · Cuestión de inconstitucionalidad 1772-2020

    …de 25 de septiembre de 2018, que desestimó la alegación previa formulada por la Diputación Foral de Gipuzkoa. Al respecto, recuerda que, según el art. 58 LJCA, en los escritos de contestación a la demanda pueden alegarse motivos de inadmisibilidad (excepto la…

  • STC 141/2011 ↗, de 26 de septiembre de 2011 · Recurso de amparo 4837-2006

    …traslado de la demanda al Abogado del Estado para contestación en plazo de veinte días, presentando éste, en fecha 28 de abril de 2005 al amparo del art. 58.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA), alegaciones previas sobre…

  • STC 53/2008 ↗, de 14 de abril de 2008 · Recurso de amparo 7253-2004

    …podía interponer contra el mismo ni tampoco indicación de los plazos para recurrir y de la autoridad ante la que debía hacerlo, como prescribe el art. 58 LJCA. Esta circunstancia determinó que la demandante no tomara conciencia de que aún no había puesto fin a…

  • STC 173/2007 ↗, de 23 de julio de 2007 · Recurso de amparo 3257-2004

    …el razonamiento anterior da lugar, en presente caso, a la aplicación del art. 79.4 LPA y, por tanto, a una ampliación del plazo de un año del art. 58.2 LJCA por seis meses más. Así, en su Sentencia dirá: "lo que no existe en la jurisprudencia analizada del…

  • STC 228/2006 ↗, de 17 de julio de 2006 · Recurso de amparo 5010-2002

    …de 2001 el Abogado del Estado, en la representación que ostenta de la Administración General del Estado, presentó escrito de alegaciones previas (art. 58 LJCA) en el que pidió que se declarase la inadmisibilidad del recurso contencioso-administrativo. Sostenía…

  • STC 188/2006 ↗, de 19 de junio de 2006 · Recurso de amparo 5699-2003

    …Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, dictó Sentencia en fecha 30 de abril de 2003, en la que, pese a apreciar la extemporaneidad del recurso [art. 58.3 b) LJCA de 1958], sin embargo, “en base a los principios pro actione y de tutela judicial efectiva, y…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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