CON Contencioso-administrativo
Artículo 38 · Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.
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El texto oficial, literal
1. La Administración comunicará al Tribunal, al remitirle el expediente administrativo, si tiene conocimiento de la existencia de otros recursos contencioso-administrativos en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el presente capítulo.
2. El Secretario judicial pondrá en conocimiento del Juez o Tribunal los procesos que se tramiten en la Oficina judicial en los que puedan concurrir los supuestos de acumulación que previene el presente Capítulo.
De dónde sale
- — Norma: Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
- — Esta redacción rige desde el 04/05/2010, y sigue vigente.
- — Quedó así por BOE-A-2009-17493.
- — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/1998/07/13/29#a38 ↗
La nota del boletín
No es el articulado: es el rastro de quién lo cambió. Va aparte a propósito, para que no se cite como si fuera la ley.
Ref. BOE-A-2009-17493 Se modifica el apartado 2 por el art. 14.5 de la Ley 13/2009, de 3 de noviembre..
Alrededor, en la misma ley
El anterior: artículo 37 LJCA
El siguiente: artículo 39 LJCA