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CON Contencioso-administrativo

Artículo 30 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

En caso de vía de hecho, el interesado podrá formular requerimiento a la Administración actuante, intimando su cesación. Si dicha intimación no hubiere sido formulada o no fuere atendida dentro de los diez días siguientes a la presentación del requerimiento, podrá deducir directamente recurso contencioso-administrativo.

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Lo mencionan

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2008. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 94/2009 ↗, de 20 de abril de 2009 · Recurso de amparo 5729-2006

    …al presentar el recurso contencioso-administrativo, el plazo estaba todavía abierto. Por lo demás, si el interesado se decidió por el cauce del art. 30 LJCA -y no esperó a la resolución expresa-, difícilmente puede sostenerse que el recurso se interponía…

  • STC 45/2008 ↗, de 10 de marzo de 2008 · Recurso de amparo 1464-2006

    …vertían descalificaciones contra la Fundación César Manrique y la memoria de su fundador, la citada Fundación, de conformidad con lo previsto en el art. 30 LJCA, requirió, con fecha de 28 de diciembre de 2004, al Cabildo Insular de Lanzarote, responsable de su…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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