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CON Contencioso-administrativo

Artículo 3 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

No corresponden al orden jurisdiccional contencioso-administrativo:

a) Las cuestiones expresamente atribuidas a los órdenes jurisdiccionales civil, penal y social, aunque estén relacionadas con la actividad de la Administración pública.

b) El recurso contencioso-disciplinario militar.

c) Los conflictos de jurisdicción entre los Juzgados y Tribunales y la Administración pública y los conflictos de atribuciones entre órganos de una misma Administración.

d) Los recursos directos o indirectos que se interpongan contra las Normas Forales fiscales de las Juntas Generales de los Territorios Históricos de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, que corresponderán, en exclusiva, al Tribunal Constitucional en los términos establecidos por la disposición adicional quinta de su Ley Orgánica.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 3 LJCA tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 14/12/1998 al 12/03/2010 · redacción original

    No corresponden al orden jurisdiccional contencioso-administrativo:

    a) Las cuestiones expresamente atribuidas a los órdenes jurisdiccionales civil, penal y social, aunque estén relacionadas con la actividad de la Administración pública.

    b) El recurso contencioso-disciplinario militar.

    c) Los conflictos de jurisdicción entre los Juzgados y Tribunales y la Administración pública y los conflictos de atribuciones entre órganos de una misma Administración.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1998-16718 en el BOE ↗

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 10 sentencias de su repertorio, la primera de 2015. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 145/2022 ↗, de 15 de noviembre de 2022 · Cuestión de inconstitucionalidad 2568-2022

    …le alcanza o no, por razón de la materia, conforme a las disposiciones que establecen el art. 9.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, los arts. 2 y 3 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y el nuevo art. 3 g) LJS, cuya…

  • STC 48/2017 ↗, de 27 de abril de 2017 · Cuestión de inconstitucionalidad 232-2016

    …incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, aplicables a la liquidación impugnada, son controlables por el Tribunal Constitucional ex art. 3 d) de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA), en la redacción dada por la Ley…

  • STC 37/2017 ↗, de 1 de marzo de 2017 · Cuestión de inconstitucionalidad 6444-2015

    …de naturaleza urbana del territorio histórico de Álava, aplicables a la liquidación impugnada, son controlables por el Tribunal Constitucional ex art. 3 d) de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA) (en la redacción dada por la Ley…

  • STC 118/2016 ↗, de 23 de junio de 2016 · Recursos de inconstitucionalidad 3443-2010, 4138-2010, 4223-2010, 4224-2010 (acumulados)

    …de los tribunales del orden contencioso-administrativo [que se contiene en el modificado art. 9.4 LOPJ, así como en la nueva letra d) del art. 3 LJCA], vulneran los arts. 106.1 y 153 c) CE y, a su través, el 24.1 CE. En fin, para el Consejo de Gobierno…

  • STC 262/2015 ↗, de 14 de diciembre de 2015 · Recurso de amparo 1889-2013

    …a la demanda, lo que suponía la falta de competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa para conocer de la pretensión deducida [ ex art. 3 d) de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA) y disposición adicional quinta…

  • STC 239/2015 ↗, de 30 de noviembre de 2015 · Recurso de amparo 274-2013

    …a la demanda, lo que suponía la falta de competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa para conocer de la pretensión deducida [ ex art. 3 d) de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa: LJCA y disposición adicional quinta…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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