El texto oficial, literal
No acumulación con acciones de otra naturaleza
1. El objeto del presente proceso queda limitado al conocimiento de la lesión del derecho fundamental o libertad pública, sin posibilidad de acumulación con acciones de otra naturaleza o con idéntica pretensión basada en fundamentos diversos a la tutela del citado derecho o libertad.
2. Cuando la tutela del derecho deba necesariamente realizarse a través de las modalidades procesales a que se refiere el artículo 184, se aplicarán en cuanto a las pretensiones de tutela de derechos fundamentales y libertades públicas las reglas y garantías previstas en este Capítulo, incluida la citación como parte al Ministerio Fiscal.
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
- Artículo 184 LRJS · Demandas de ejercicio necesario a través de la modalidad procesal correspondiente
Lo mencionan
- Artículo 184 LRJS · Demandas de ejercicio necesario a través de la modalidad procesal correspondiente
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 42/2017 ↗, de 24 de abril de 2017 · Recurso de amparo 5126-2016
…desempeñado. c) La Letrada de la parte actora presentó, en fecha 11 de abril de 2016, escrito anunciando recurso de suplicación al amparo de los artículos 178.2 y 184 de la Ley reguladora de la jurisdicción social (LJS), sustentando la posibilidad de interponer recurso de…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.