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CON Contencioso-administrativo

Artículo 81 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

1. Las sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo y de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo serán susceptibles de recurso de apelación, salvo que se hubieran dictado en los asuntos siguientes:

a) Aquellos cuya cuantía no exceda de 30.000 euros.

b) Los relativos a materia electoral comprendidos en el artículo 8.º 4.

2. Serán siempre susceptibles de apelación las sentencias siguientes:

a) Las que declaren la inadmisibilidad del recurso en el caso de la letra a) del apartado anterior.

b) Las dictadas en el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona.

c) Las que resuelvan litigios entre Administraciones públicas.

d) Las que resuelvan impugnaciones indirectas de disposiciones generales.

e) Las que, con independencia de la cuantía del procedimiento, sean susceptibles de extensión de efectos.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 81 LJCA tuvo 3 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 31/10/2011 al 20/03/2024 · redacción de la Ley 37/2011

    1. Las sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo y de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo serán susceptibles de recurso de apelación, salvo que se hubieran dictado en los asuntos siguientes:

    a) Aquellos cuya cuantía no exceda de 30.000 euros.

    b) Los relativos a materia electoral comprendidos en el artículo 8.º 4.

    2. Serán siempre susceptibles de apelación las sentencias siguientes:

    a) Las que declaren la inadmisibilidad del recurso en el caso de la letra a) del apartado anterior.

    b) Las dictadas en el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona.

    c) Las que resuelvan litigios entre Administraciones públicas.

    d) Las que resuelvan impugnaciones indirectas de disposiciones generales.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2011-15937 en el BOE ↗

  2. Del 04/05/2010 al 31/10/2011 · redacción de la Ley 13/2009

    1. Las sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo y de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo serán susceptibles de recurso de apelación, salvo que se hubieran dictado en los asuntos siguientes:

    a) Aquellos cuya cuantía no exceda de dieciocho mil euros.

    b) Los relativos a materia electoral comprendidos en el artículo 8.º 4.

    2. Serán siempre susceptibles de apelación las sentencias siguientes:

    a) Las que declaren la inadmisibilidad del recurso en el caso de la letra a) del apartado anterior.

    b) Las dictadas en el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona.

    c) Las que resuelvan litigios entre Administraciones públicas.

    d) Las que resuelvan impugnaciones indirectas de disposiciones generales.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2009-17493 en el BOE ↗

  3. Del 14/12/1998 al 04/05/2010 · redacción original

    1. Las sentencias de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo y de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo serán susceptibles de recurso de apelación, salvo que se hubieran dictado en los asuntos siguientes:

    a) Aquellos cuya cuantía no exceda de tres millones de pesetas.

    b) Los relativos a materia electoral comprendidos en el artículo 8.4.

    2. Serán siempre susceptibles de apelación las sentencias siguientes:

    a) Las que declaren la inadmisibilidad del recurso en el caso de la letra a) del apartado anterior.

    b) Las dictadas en el procedimiento para la protección de los derechos fundamentales de la persona.

    c) Las que resuelvan litigios entre Administraciones públicas.

    d) Las que resuelvan impugnaciones indirectas de disposiciones generales.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1998-16718 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 16 sentencias de su repertorio, la primera de 2003. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 60/2017 ↗, de 22 de mayo de 2017 · Recurso de amparo 3312-2015

    …de amparo han agotado la vía judicial. Por un lado, contra la Sentencia de 26 de enero de 2015 no cabía apelación por razón de la cuantía [art. 81.1 a) LJCA] y, por otro, contra dicha resolución, denunciando la vulneración del derecho a la tutela judicial…

  • STC 47/2017 ↗, de 27 de abril de 2017 · Cuestión de inconstitucionalidad 7601-2014

    …de apelación contra las resoluciones judiciales dictadas en primera instancia, con la única salvedad de las mencionadas en las letras a) y b) del artículo 81.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA), se ha de entender que el acceso…

  • STC 58/2016 ↗, de 17 de marzo de 2016 · Cuestión interna de inconstitucionalidad 5344-2013

    …el art. 78 LJCA) o en materia electoral (art. 8.5 LJCA y arts. 49 y 109 de la Ley Orgánica del régimen electoral general) no cabe recurso alguno (art. 81.1 LJCA), salvo el de apelación en los supuestos en que se declare la inadmisibilidad del recurso…

  • STC 116/2012 ↗, de 4 de junio de 2012 · Recurso de amparo 2689-2004

    …como el acto administrativo impugnado es una multa de una cuantía inferior a 18.000 euros, de la pretensión conoce el Juzgado en única instancia [art. 81.1 a) LJCA], por lo que el Auto dictado no es susceptible de apelación. La indebida admisión del recurso de…

  • STC 78/2011 ↗, de 6 de junio de 2011 · Recurso de amparo 3141-2003

    …la Sentencia se notificó una providencia de 10 de abril de 2003 en que se señala la firmeza de la Sentencia, argumentando que, de conformidad con el art. 81.1 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (LJCA), no era susceptible de recurso de…

  • STC 65/2011 ↗, de 16 de mayo de 2011 · Recurso de amparo 1124-2007

    …recurso de apelación se había promovido contra una Sentencia que declaraba la inadmisibilidad de un recurso contencioso- administrativo y de que el art. 81.2 LJCA dispone que “serán siempre susceptibles de apelación las Sentencias siguientes: a) las que declaren la…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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