El texto oficial, literal
Deberes del administrador concursal
1. Los administradores concursales y los auxiliares delegados desempeñarán el cargo con la debida diligencia, del modo más eficiente para el interés del concurso.
2. Los administradores concursales deberán actuar con imparcialidad e independencia respecto del deudor y, si fuera persona jurídica, de sus socios, administradores y directores generales, así como respecto de los acreedores concursales y de la masa.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 80 TRLC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 01/09/2020 al 26/09/2022 · redacción original
Los administradores concursales y los auxiliares delegados desempeñarán el cargo con la diligencia de un ordenado administrador y de un leal representante.
Ya no está en vigor. BOE-A-2020-4859 en el BOE ↗