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Artículo 78 Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social

Régimen de personal. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Régimen de personal

1. Los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social se regirán por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y las demás disposiciones que les sean de aplicación.

2. Corresponde al Gobierno, a propuesta del ministro competente, el nombramiento y cese de los cargos directivos con categoría de director general o asimilada.

En lenguaje claro

El artículo 78 de la Ley General de la Seguridad Social regula qué normas se aplican a los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social y quién nombra a determinados cargos directivos.

En su primer apartado, indica que los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social se rigen por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y por las demás disposiciones que les sean de aplicación. El artículo remite a esas leyes, sin detallar su contenido.

En el segundo apartado, atribuye al Gobierno el nombramiento y el cese de los cargos directivos con categoría de director general o asimilada, a propuesta del ministro competente. Para su caso concreto, se recomienda consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Qué normas se aplican a los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social?
Se les aplica la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la Función Pública y las demás disposiciones que les sean de aplicación.
¿Quién nombra a los cargos directivos con categoría de director general o asimilada?
Corresponde al Gobierno, a propuesta del ministro competente, su nombramiento y cese.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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