El texto oficial, literal
Régimen de personal
1. Los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social se regirán por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y las demás disposiciones que les sean de aplicación.
2. Corresponde al Gobierno, a propuesta del ministro competente, el nombramiento y cese de los cargos directivos con categoría de director general o asimilada.
En lenguaje claro
El artículo 78 de la Ley General de la Seguridad Social regula qué normas se aplican a los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social y quién nombra a determinados cargos directivos.
En su primer apartado, indica que los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social se rigen por lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, por la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y por las demás disposiciones que les sean de aplicación. El artículo remite a esas leyes, sin detallar su contenido.
En el segundo apartado, atribuye al Gobierno el nombramiento y el cese de los cargos directivos con categoría de director general o asimilada, a propuesta del ministro competente. Para su caso concreto, se recomienda consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué normas se aplican a los funcionarios de la Administración de la Seguridad Social?
- Se les aplica la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 30/1984 de Medidas para la Reforma de la Función Pública y las demás disposiciones que les sean de aplicación.
- ¿Quién nombra a los cargos directivos con categoría de director general o asimilada?
- Corresponde al Gobierno, a propuesta del ministro competente, su nombramiento y cese.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.