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MER Mercantil

Artículo 745 Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Art. 745.

Si se expresare genéricamente en la póliza que el seguro se hacía sobre el buque, se entenderán comprendidos en él las máquinas, aparejo, pertrechos, y cuanto esté adscrito al buque; pero no su cargamento, aunque pertenezca al mismo naviero.

En el seguro genérico de mercaderías no se reputarán comprendidos los metales amonedados o en lingotes, las piedras preciosas ni las municiones de guerra.

En lenguaje claro

Cuando la póliza indica genéricamente que el seguro se hace «sobre el buque», se entienden comprendidos las máquinas, el aparejo, los pertrechos y cuanto esté adscrito al buque. En cambio, no queda cubierto su cargamento, aunque este pertenezca al mismo naviero.

En el seguro genérico de mercaderías, el artículo señala que no se reputan comprendidos los metales amonedados o en lingotes, las piedras preciosas ni las municiones de guerra. Para analizar una póliza concreta o resolver dudas sobre su alcance, conviene consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Qué se incluye en un seguro genérico sobre el buque?
Se entienden comprendidos las máquinas, el aparejo, los pertrechos y cuanto esté adscrito al buque, pero no su cargamento, aunque pertenezca al mismo naviero.
¿Qué bienes quedan fuera del seguro genérico de mercaderías?
No se reputan comprendidos los metales amonedados o en lingotes, las piedras preciosas ni las municiones de guerra.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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