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CON Contencioso-administrativo

Artículo 61 Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

1. El Juez o Tribunal podrá acordar de oficio el recibimiento a prueba y disponer la práctica de cuantas estime pertinentes para la más acertada decisión del asunto.

2. Finalizado el período de prueba, y hasta que el pleito sea declarado concluso para sentencia, el órgano jurisdiccional podrá también acordar la práctica de cualquier diligencia de prueba que estimare necesaria.

3. Las partes tendrán intervención en las pruebas que se practiquen al amparo de lo previsto en los dos apartados anteriores.

4. Si el Juez o Tribunal hiciere uso de su facultad de acordar de oficio la práctica de una prueba, y las partes carecieran de oportunidad para alegar sobre ello en la vista o en el escrito de conclusiones, el Secretario judicial pondrá de manifiesto el resultado de la prueba a las partes, las cuales podrán, en el plazo de cinco días, alegar cuanto estimen conveniente acerca de su alcance e importancia.

5. El Juez podrá acordar de oficio, previa audiencia a las partes, o bien a instancia de las mismas la extensión de los efectos de las pruebas periciales a los procedimientos conexos. A los efectos de la aplicación de las normas sobre costas procesales en relación al coste de estas pruebas se entenderá que son partes todos los intervinientes en los procesos sobre los cuales se haya acordado la extensión de sus efectos, prorrateándose su coste entre los obligados en dichos procesos al pago de las costas.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 61 LJCA tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 14/12/1998 al 04/05/2010 · redacción original

    1. El Juez o Tribunal podrá acordar de oficio el recibimiento a prueba y disponer la práctica de cuantas estime pertinentes para la más acertada decisión del asunto.

    2. Finalizado el período de prueba, y hasta que el pleito sea declarado concluso para sentencia, el órgano jurisdiccional podrá también acordar la práctica de cualquier diligencia de prueba que estimare necesaria.

    3. Las partes tendrán intervención en las pruebas que se practiquen al amparo de lo previsto en los dos apartados anteriores.

    4. Si el Juez o Tribunal hiciere uso de su facultad de acordar de oficio la práctica de una prueba, y las partes carecieran de oportunidad para alegar sobre ello en la vista o en el escrito de conclusiones, el resultado de la prueba se pondrá de manifiesto a las partes, las cuales podrán, en el plazo de tres días, alegar cuanto estimen conveniente acerca de su alcance e importancia.

    5. El Juez podrá acordar de oficio, previa audiencia a las partes, o bien a instancia de las mismas la extensión de los efectos de las pruebas periciales a los procedimientos conexos. A los efectos de la aplicación de las normas sobre costas procesales en relación al coste de estas pruebas se entenderá que son partes todos los intervinientes en los procesos sobre los cuales se haya acordado la extensión de sus efectos, prorrateándose su coste entre los obligados en dichos procesos al pago de las costas.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1998-16718 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Lo mencionan

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 5 sentencias de su repertorio, la primera de 2001. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 107/2019 ↗, de 30 de septiembre de 2019 · Recurso de amparo 1588-2017

    …práctica de la prueba pericial judicial, al amparo de las facultades de práctica de la prueba que le ofrece el proceso contencioso-administrativo (art. 61.1 LJCA), sin que en el presente procedimiento se estimara por el juzgador pertinente la práctica de dicha…

  • STC 164/2008 ↗, de 15 de diciembre de 2008 · Recurso de amparo 2387-2005

    …que haya sido llevada al proceso o mencionada por las partes o conforme a las posibilidades que otorga al órgano judicial el ordenamiento jurídico (art. 61 de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa: LJCA), se ha desconocido el derecho de defensa de…

  • STC 156/2008 ↗, de 24 de noviembre de 2008 · Recurso de amparo 9300-2006

    …Ministerio Fiscal que el Juzgado, frente al escrito de la Clínica Médico Forense de Las Palmas, ni dispuso su práctica, conforme a lo previsto en el art. 61.1 y 2 LJCA, ni dio traslado a la recurrente de la eventual imposibilidad de practicar dicha prueba, y que la Sala…

  • STC 144/2006 ↗, de 8 de mayo de 2006 · Recurso de amparo 737-2004

    …de conclusiones el recurrente en amparo puso de manifiesto a la Sala dicha circunstancia, y a fin de acreditarla interesó con cobertura en el art. 61 LJCA que se aclarase esta cuestión, sobre la que nada se dice en la Sentencia. La cuestión propuesta en modo…

  • STC 175/2001 ↗, de 26 de julio de 2001 · Recurso de amparo 2171-1998

    …en el Boletín Oficial correspondiente y la reclamación del expediente administrativo por parte del órgano judicial conforme a lo previsto en los arts. 60 y 61.1 LJCA (FJ 4). Estas apreciaciones de partida nos llevaron a considerar que la insubsanabilidad de la omisión…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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