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CIV Civil

Artículo 560 Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Sustanciación de la oposición por motivos de fondo. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Sustanciación de la oposición por motivos de fondo

Cuando se haya resuelto sobre la oposición a la ejecución por motivos procesales o éstos no se hayan alegado, el ejecutante podrá impugnar la oposición basada en motivos de fondo en el plazo de cinco días, contados desde que se le notifique la resolución sobre aquellos motivos o desde el traslado del escrito de oposición.

Las partes, en sus respectivos escritos de oposición y de impugnación de ésta, podrán solicitar la celebración de vista, que el Tribunal acordará mediante providencia si la controversia sobre la oposición no pudiere resolverse con los documentos aportados, señalándose por el Letrado de la Administración de Justicia día y hora para su celebración dentro de los diez siguientes a la conclusión del trámite de impugnación.

Si no se solicitara la vista o si el tribunal no considerase procedente su celebración, se resolverá sin más trámites la oposición conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.

Cuando se acuerde la celebración de vista, si no compareciere a ella el ejecutado el tribunal le tendrá por desistido de la oposición y adoptará las resoluciones previstas en el apartado 1 del artículo 442. Si no compareciere el ejecutante, el tribunal resolverá sin oírle sobre la oposición a la ejecución. Compareciendo ambas partes, se desarrollará la vista con arreglo a lo previsto para el juicio verbal, dictándose a continuación la resolución que proceda conforme a lo dispuesto en el artículo siguiente.

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 9 sentencias de su repertorio, la primera de 2006. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 149/2021 ↗, de 13 de septiembre de 2021 · Recurso de amparo 4949-2018

    …justicia, la realización de comparecencias (‘audiencia’) ante el titular del órgano judicial, excepto en el incidente de oposición a la ejecución (arts. 560 y 695 LEC). De modo que la posibilidad alternativa de reproducir la cuestión en la primera audiencia ante el…

  • STC 54/2021 ↗, de 15 de marzo de 2021 · Recurso de amparo 1728-2019

    …ni “la realización de comparecencias (audiencia) ante el titular del órgano judicial, excepto en el incidente de oposición a la ejecución (arts. 560 y 695 LEC)”, que posibiliten “reproducir la cuestión […] en la primera audiencia ante el tribunal”; ni tampoco…

  • STC 15/2020 ↗, de 28 de enero de 2020 · Cuestión interna de inconstitucionalidad 2754-2019

    …justicia, la realización de comparecencias (“audiencia”) ante el titular del órgano judicial, excepto en el incidente de oposición a la ejecución (arts. 560 y 695 LEC). De modo que la posibilidad alternativa de reproducir la cuestión en la primera audiencia ante el…

  • STC 222/2016 ↗, de 19 de diciembre de 2016 · Recurso de amparo 3857-2015

    …Provincial de Sevilla dictó Auto de 14 de mayo de 2015, confirmando la resolución recurrida con el siguiente razonamiento: “El párrafo cuarto del artículo 560 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que se tendrá por desistido de la oposición al ejecutado que…

  • STC 288/2006 ↗, de 9 de octubre de 2006 · Recurso de amparo 7653-2003

    …providencia por la que se le daba traslado de la oposición a la ejecución para que impugnase la oposición durante un plazo de cinco días conforme al art. 560 LEC se le notificó el 26 de mayo, sin que pudiese tenerse en cuenta su anterior escrito de 28 de mayo de…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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