El texto oficial, literal
Artículo 536. Confirmación en segunda instancia de la resolución ejecutada provisionalmente.
Si se confirmare en todos sus pronunciamientos la sentencia de segunda instancia provisionalmente ejecutada, se estará a lo dispuesto en el párrafo segundo del artículo 532.
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
- Artículo 532 LEC · Confirmación de la resolución provisionalmente ejecutada