El texto oficial, literal
Régimen del incidente concursal
El incidente concursal se tramitará en la forma establecida en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil para el juicio verbal con las especialidades establecidas en esta ley.
En lenguaje claro
El artículo 535 indica que el incidente concursal se tramita siguiendo las reglas del juicio verbal previstas en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, con las especialidades establecidas en esta ley.
Es decir, la regla general es el juicio verbal, pero con las particularidades que marque esta ley. El artículo no detalla cuáles son esas especialidades.
Para saber cómo encaja esto en un caso concreto, conviene consultar con un abogado colegiado que valore la situación.
Preguntas frecuentes
- ¿Cómo se tramita el incidente concursal?
- Se tramita en la forma establecida para el juicio verbal en la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
- ¿Se aplican reglas especiales al incidente concursal?
- Sí, se aplican las especialidades establecidas en esta ley, además de las normas del juicio verbal.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.