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Artículo 519 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal

Prejudicialidad penal. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Prejudicialidad penal

La incoación de procedimientos criminales relacionados con el deudor o por hechos que tuvieran relación o influencia en el concurso de acreedores no provocará la suspensión de la tramitación de este, ni de ninguna de las secciones en que se divide.

En lenguaje claro

El artículo 519 del Texto Refundido de la Ley Concursal se refiere a qué ocurre cuando, al mismo tiempo que un concurso de acreedores, se incoa un procedimiento penal relacionado con el deudor o por hechos que tuvieran relación o influencia en el concurso.

La regla es que la apertura de ese proceso penal no provoca la suspensión de la tramitación del concurso. Tampoco se suspende ninguna de las secciones en que el concurso se divide.

Esta información es orientativa y no sustituye el estudio del caso concreto. Para analizar su situación particular, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Se paraliza el concurso si se abre un proceso penal contra el deudor?
No. El artículo indica que la incoación de procedimientos criminales relacionados con el deudor no provocará la suspensión de la tramitación del concurso.
¿Afecta la causa penal a alguna sección del concurso?
No. El precepto señala expresamente que no se suspende ninguna de las secciones en que el concurso se divide.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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