El texto oficial, literal
El que sin estar impedido no concurriere al primer llamamiento judicial, excepto las personas mencionadas en el artículo 412, o se resistiere a declarar lo que supiese acerca de los hechos sobre que fuere preguntado, a no estar comprendido en las exenciones de los artículos anteriores, incurrirá en la multa de 200 a 5.000 euros, y si persistiere en su resistencia será conducido en el primer caso a la presencia del Juez instructor por los agentes de la autoridad, y perseguido por el delito de obstrucción a la justicia tipificado en el artículo 463.1 del Código Penal, y en el segundo caso será también perseguido por el de desobediencia grave a la autoridad.
La multa será impuesta en el acto de notarse o cometerse la falta.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 420 LECrim tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 01/06/1997 al 28/04/2003 · redacción original
El que sin estar impedido no concurriese al primer llamamiento judicial, excepto las personas mencionadas en el artícu- lo 412, o se resistiere a declarar lo que supiese acerca de los hechos sobre que fuere preguntado, a no estar comprendido en las exenciones de los artículos anteriores, incurrirá en la multa de 5.000 a 25.000 pesetasy si persistiere en su resistencia será conducido en el primer caso a la presencia del Juez instructor por los dependientes de la Autoridad, y procesado por el delito de denegación de auxilio que respecto de peritos y testigos define el Código Penal, y en el segundo caso será también procesado por el de desobediencia grave a la Autoridad.
La multa será impuesta en el acto de notarse o cometerse la falta.
Ya no está en vigor. BOE-A-1882-6036 en el BOE ↗
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Remite a
Lo mencionan
Con otras leyes
Sale del texto oficial de las leyes publicadas aquí: los artículos de otras leyes que este cita por su nombre, y los que lo citan a él.
Cita
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 124/1990 ↗, de 2 de julio de 1990 · Recurso de amparo 1183-1988
…multas, ni de la potestad conferida por la Ley de conducirlo a su presencia, ni de deducir el tanto de culpa por delito de denegación de auxilio (arts. 420 y 702 L.E.Crim.). El hecho cierto es que el testimonio policial y sumarial de esta persona es inválido a efectos…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.