El texto oficial, literal
Facultades del juez en orden a la aprobación del convenio
1. El juez no podrá modificar el contenido del convenio sometido a su aprobación, aunque sí podrá subsanar errores materiales o de cálculo.
2. Cuando fuera necesario, el juez podrá fijar la correcta interpretación de las cláusulas del convenio.
En lenguaje claro
Este artículo regula qué puede y qué no puede hacer el juez cuando revisa un convenio concursal para aprobarlo.
El primer punto fija un límite: el juez no puede modificar el contenido del convenio sometido a su aprobación. Lo único que sí puede hacer es subsanar errores materiales o errores de cálculo.
El segundo punto le reconoce otra facultad: cuando sea necesario, el juez puede fijar la correcta interpretación de las cláusulas del convenio, es decir, aclarar su sentido. Si su caso se encuentra en esta situación, le recomendamos consultar con un abogado colegiado que valore su situación concreta.
Preguntas frecuentes
- ¿Puede el juez cambiar el convenio antes de aprobarlo?
- No. El juez no puede modificar el contenido del convenio, aunque sí puede subsanar errores materiales o de cálculo.
- ¿Qué pasa si una cláusula del convenio no se entiende bien?
- Cuando sea necesario, el juez puede fijar la correcta interpretación de las cláusulas del convenio.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.