El texto oficial, literal
Delegados de Prevención
1. Los Delegados de Prevención son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo.
2. Los Delegados de Prevención serán designados por y entre los representantes del personal, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas a que se refiere el artículo anterior, con arreglo a la siguiente escala:
De 50 a 100 trabajadores: 2 Delegados de Prevención.
De 101 a 500 trabajadores: 3 Delegados de Prevención.
De 501 a 1.000 trabajadores: 4 Delegados de Prevención.
De 1.001 a 2.000 trabajadores: 5 Delegados de Prevención.
De 2.001 a 3.000 trabajadores: 6 Delegados de Prevención.
De 3.001 a 4.000 trabajadores: 7 Delegados de Prevención.
De 4.001 en adelante: 8 Delegados de Prevención.
En las empresas de hasta treinta trabajadores el Delegado de Prevención será el Delegado de Personal. En las empresas de treinta y uno a cuarenta y nueve trabajadores habrá un Delegado de Prevención que será elegido por y entre los Delegados de Personal.
3. A efectos de determinar el número de Delegados de Prevención se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
a) Los trabajadores vinculados por contratos de duración determinada superior a un año se computarán como trabajadores fijos de plantilla.
b) Los contratados por término de hasta un año se computarán según el número de días trabajados en el período de un año anterior a la designación. Cada doscientos días trabajados o fracción se computarán como un trabajador más.
4. No obstante lo dispuesto en el presente artículo, en los convenios colectivos podrán establecerse otros sistemas de designación de los Delegados de Prevención, siempre que se garantice que la facultad de designación corresponde a los representantes del personal o a los propios trabajadores.
Asimismo, en la negociación colectiva o mediante los acuerdos a que se refiere el artículo 83, apartado 3, del Estatuto de los Trabajadores podrá acordarse que las competencias reconocidas en esta Ley a los Delegados de Prevención sean ejercidas por órganos específicos creados en el propio convenio o en los acuerdos citados. Dichos órganos podrán asumir, en los términos y conforme a las modalidades que se acuerden, competencias generales respecto del conjunto de los centros de trabajo incluidos en el ámbito de aplicación del convenio o del acuerdo, en orden a fomentar el mejor cumplimiento en los mismos de la normativa sobre prevención de riesgos laborales.
Igualmente, en el ámbito de las Administraciones públicas se podrán establecer, en los términos señalados en la Ley 7/1990, de 19 de julio, sobre negociación colectiva y participación en la determinación de las condiciones de trabajo de los empleados públicos, otros sistemas de designación de los Delegados de Prevención y acordarse que las competencias que esta Ley atribuye a éstos puedan ser ejercidas por órganos específicos.
En lenguaje claro
El artículo 35 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales regula la figura de los Delegados de Prevención. Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos en el trabajo. Se designan por y entre los representantes del personal, en el ámbito de los órganos de representación previstos en las normas a que se refiere el artículo anterior.
El número de Delegados depende del tamaño de la plantilla, siguiendo una escala que va de 2 Delegados (de 50 a 100 trabajadores) hasta 8 Delegados (a partir de 4.001). En empresas de hasta 30 trabajadores, el Delegado de Prevención es el Delegado de Personal; en las de 31 a 49, hay uno elegido por y entre los Delegados de Personal. Los contratos de duración determinada superiores a un año se computan como fijos, y los de hasta un año según el número de días trabajados en el año anterior, computándose cada 200 días o fracción como un trabajador más.
Los convenios colectivos pueden establecer otros sistemas de designación, siempre que la facultad corresponda a los representantes del personal o a los trabajadores, y pueden acordar que las competencias las ejerzan órganos específicos creados al efecto. En el ámbito de las Administraciones públicas, el artículo remite a la Ley 7/1990. Para su caso concreto, consulte con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuántos Delegados de Prevención hay en una empresa de 200 trabajadores?
- Según la escala del artículo, en empresas de 101 a 500 trabajadores corresponden 3 Delegados de Prevención.
- ¿Quién designa a los Delegados de Prevención?
- Son designados por y entre los representantes del personal, aunque los convenios colectivos pueden establecer otros sistemas siempre que la facultad corresponda a los representantes del personal o a los propios trabajadores.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.