Saltar al contenido
Inteligencia artificial. Criterio jurídico. Un mismo equipo. Urgencias 24 h · 872 290 320
JBH Servicios Jurídicos DEFENSA PENAL

Explora JBH Legal

Todo el contexto. Un mismo punto de encuentro.

PlataformaVisión generalLetrado IAVigilante de PlazosModo Guardia 24 hSimulador de ConformidadLa plataforma en tu móvilSeguridad y confidencialidadCómo verificamos
ServiciosPenalCivilMercantilLaboralFamiliaFiscal y tributarioDemandas colectivasLey de la Segunda OportunidadPeritos judiciales y de parteDetective privado y pruebasMás áreas jurídicasServicios especializados
HerramientasCalculadora de plazosBuscador de jurisprudenciaVerificador de citasCalculadora de prescripciónCalculadora de penaGuía de la fase procesalDerechos del detenido¿Qué hacer si te detienen?Explicador de ECLI¿Vía civil o penal?Calculadora de retorno de la inversiónTodas las herramientas
RecursosGuías jurídicasEnciclopediaManuales y vídeosInsightsPara abogadosPara peritosPreguntas frecuentesCasos de éxito
Planes y preciosPlanes jurídicos e igualasTodos los planesCalcula tu planPrecios y costesHonorarios por materiaPrecio de un peritajeLa IA, por usoPlanes para despachos
SeguridadÁrea clienteÁrea abogados Evaluar mi caso Urgencias: 872 290 320

MER Mercantil

Artículo 345 Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Art. 345.

En toda venta mercantil el vendedor quedará obligado a la evicción y saneamiento en favor del comprador, salvo pacto en contrario.

En lenguaje claro

El artículo 345 del Código de Comercio dispone que, en toda venta mercantil, el vendedor queda obligado a la evicción y al saneamiento en favor del comprador.

El precepto utiliza los términos «evicción» y «saneamiento» sin desarrollar su contenido. El artículo se limita a fijar quién soporta esa obligación (el vendedor) y a favor de quién (el comprador), sin detallar su alcance.

La obligación opera «salvo pacto en contrario», de modo que las partes pueden acordar algo distinto. Si tiene dudas sobre cómo se aplica esta regla a su caso concreto, lo recomendable es consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿A quién se aplica el artículo 345 del Código de Comercio?
Se aplica a toda venta mercantil, obligando al vendedor frente al comprador por evicción y saneamiento.
¿Se puede excluir la obligación de evicción y saneamiento?
Sí, el propio artículo admite «pacto en contrario».

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO