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PEN Penal

Artículo 302 del Código Penal

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

1. En los supuestos previstos en el artículo anterior se impondrán las penas privativas de libertad en su mitad superior a las personas que pertenezca a una organización dedicada a los fines señalados en los mismos, y la pena superior en grado a los jefes, administradores o encargados de las referidas organizaciones.

También se impondrá la pena en su mitad superior a quienes, siendo sujetos obligados conforme a la normativa de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, cometan cualquiera de las conductas descritas en el artículo 301 en el ejercicio de su actividad profesional.

2. En tales casos, cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis sea responsable una persona jurídica, se le impondrán las siguientes penas:

a) Multa de dos a cinco años, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años.

b) Multa de seis meses a dos años, en el resto de los casos.

Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.

Qué significa y cómo se aplica

Qué regula

Agrava las penas del blanqueo para quienes pertenezcan a una organización dedicada a estos fines, con mayor severidad para jefes, administradores o encargados, e impone consecuencias específicas para personas jurídicas.

Claves prácticas

  • — La pertenencia a organización eleva la pena a la mitad superior; los jefes, a la pena superior en grado.
  • — Prevé la responsabilidad penal de las personas jurídicas implicadas.

Por qué importa en un caso real

El concepto de «organización» exige estructura, permanencia y reparto de funciones: no toda pluralidad de intervinientes lo es.

Qué puedes hacer con esto

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Si el art. 302 CP aparece en una citación, un auto o una denuncia que te implica, lo primero es entender en qué punto estás y qué plazos corren. La evaluación preliminar es gratuita, confidencial y no compromete a nada.

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Texto oficial y vigente

Consulta la redacción literal y actualizada del artículo en el texto consolidado del BOE.

Aparece en estos delitos y conceptos

Preguntas frecuentes sobre el artículo 302 CP

¿Qué regula el artículo 302 CP?

Agrava las penas del blanqueo para quienes pertenezcan a una organización dedicada a estos fines, con mayor severidad para jefes, administradores o encargados, e impone consecuencias específicas para personas jurídicas.

¿Cómo afecta el artículo 302 CP a un caso penal real?

El concepto de «organización» exige estructura, permanencia y reparto de funciones: no toda pluralidad de intervinientes lo es.

¿Dónde puedo leer el texto oficial y vigente del artículo 302 CP?

En el texto consolidado de la Código Penal publicado por el BOE (enlace en esta página). La redacción puede cambiar con las reformas legales, así que conviene contrastar siempre la versión vigente.

¿En qué delitos o conceptos penales aparece el artículo 302 CP?

Este artículo es relevante, entre otros, en: Blanqueo de capitales. En la enciclopedia penal de JBH tienes cada uno explicado con sus claves de defensa.

Te puede servir

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Contenido divulgativo y orientativo; no constituye asesoramiento jurídico. Los marcos de pena y la redacción de los artículos pueden variar con las reformas legales: contrasta siempre el texto vigente en el BOE (enlace superior) y la jurisprudencia en el CENDOJ. JBH es una plataforma de intermediación jurídica que coordina con abogados especialistas colegiados independientes; la dirección del caso corresponde siempre a un colegiado habilitado.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 302 CP tuvo 3 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 23/12/2010 al 30/04/2021 · redacción de la Ley Orgánica 5/2010

    1. En los supuestos previstos en el artículo anterior se impondrán las penas privativas de libertad en su mitad superior a las personas que pertenezca a una organización dedicada a los fines señalados en los mismos, y la pena superior en grado a los jefes, administradores o encargados de las referidas organizaciones.

    2. En tales casos, cuando de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 bis sea responsable una persona jurídica, se le impondrán las siguientes penas:

    a) Multa de dos a cinco años, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años.

    b) Multa de seis meses a dos años, en el resto de los casos.

    Atendidas las reglas establecidas en el artículo 66 bis, los jueces y tribunales podrán asimismo imponer las penas recogidas en las letras b) a g) del apartado 7 del artículo 33.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2010-9953 en el BOE ↗

  2. Del 01/10/2004 al 23/12/2010 · redacción de una reforma

    1. En los supuestos previstos en el artículo anterior se impondrán las penas privativas de libertad en su mitad superior a las personas que pertenezca a una organización dedicada a los fines señalados en los mismos, y la pena superior en grado a los jefes, administradores o encargados de las referidas organizaciones.

    2. En tales casos, los jueces o tribunales impondrán, además de las penas correspondientes, la de inhabilitación especial del reo para el ejercicio de su profesión o industria por tiempo de tres a seis años, el comiso de los bienes objeto del delito y de los productos y beneficios obtenidos directa o indirectamente del acto delictivo, y podrán decretar, así mismo, alguna de las medidas siguientes:

    a) La aplicación de cualquiera de las medidas previstas en el artículo 129 de este Código.

    b) La pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social, durante el tiempo que dure la mayor de las penas privativas de libertad impuesta.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2003-21538 en el BOE ↗

  3. Del 24/05/1996 al 01/10/2004 · redacción original

    En los supuestos previstos en el artículo anterior se impondrán las penas privativas de libertad en su mitad superior a las personas que pertenezcan a una organización dedicada a los fines señalados en los mismos, y la pena superior en grado a los jefes, administradores o encargados de las referidas organizaciones.

    En tales casos, los Jueces o Tribunales impondrán, además de las penas correspondientes, la de inhabilitación especial del reo para el ejercicio de su profesión o industria por tiempo de tres a seis años, y podrán decretar, así mismo, alguna de las medidas siguientes:

    a) Disolución de la organización o clausura definitiva de sus locales o establecimientos abiertos al público.

    b) Suspensión de las actividades de la organización, o clausura de sus locales o establecimientos abiertos al público por tiempo no superior a cinco años.

    c) Prohibición a las mismas de realizar aquellas actividades, operaciones mercantiles o negocios, en cuyo ejercicio se haya facilitado o encubierto el delito, por tiempo no superior a cinco años.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1995-25444 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 4 sentencias de su repertorio, la primera de 2001. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 98/2021 ↗, de 10 de mayo de 2021 · Recurso de amparo 7028-2019

    …invoca la vulneración del derecho a la legalidad penal (art. 25.1 CE), “al aplicarse a los hechos probados la figura agravada del párrafo 1 del art. 302 CP, siendo así que en tales hechos no se dice que el imputado y condenado pertenezca a una organización…

  • STC 174/2001 ↗, de 26 de julio de 2001 · Recurso de amparo 2698-1997

    …oral contra el recurrente y otros por delito continuado de cohecho de los arts. 386, 389 y 69 bis CP y delito de falsedad en documento público del art. 302.4 y 5 CP. Los hechos que sustentaron la acusación son los siguientes: "Los acusados Francisco García Ventosa,…

  • STC 123/2001 ↗, de 4 de junio de 2001 · Recurso de amparo 4645-1997

    …del Ministerio Fiscal calificó los hechos atribuidos al Sr. Navarro Gómez como falsedad en documento mercantil en la modalidad descrita en el art. 302.4 del Código Penal, texto refundido de 1973, es decir, “faltando a la verdad en la narración de los hechos”.…

  • STC 125/2001 ↗, de 4 de junio de 2001 · Recurso de amparo 4705-1997

    …puede llevarle a sentirse distanciado respecto de la solución alcanzada”. Así, ciertamente, podría discutirse si la interpretación y aplicación del art. 302.9 CP efectuada por la Sala Segunda en el presente caso es la que mejor responde a las exigencias de seguridad…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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