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Artículo 285 Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal

Estructura de la lista de acreedores. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Estructura de la lista de acreedores

La lista de acreedores, referida a la fecha de solicitud del concurso, comprenderá una relación de los incluidos y otra de los excluidos, ambas ordenadas alfabéticamente.

En lenguaje claro

El artículo 285 del Texto Refundido de la Ley Concursal establece cómo debe presentarse la lista de acreedores dentro de un procedimiento concursal.

La norma indica que la lista debe estar referida a la fecha en que se solicitó el concurso. Además, señala que la lista debe comprender dos relaciones distintas: una de los acreedores incluidos y otra de los excluidos. Ambas relaciones tienen que ordenarse alfabéticamente.

El artículo se limita a fijar esta estructura básica, sin entrar en los criterios para incluir o excluir a un acreedor. Si necesita aplicar esta norma a su situación concreta, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿A qué fecha debe referirse la lista de acreedores?
Debe referirse a la fecha de solicitud del concurso.
¿Cómo se ordenan las relaciones de acreedores incluidos y excluidos?
Ambas relaciones se ordenan alfabéticamente.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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