El texto oficial, literal
Resolución sobre la admisibilidad de las pruebas propuestas
1. El tribunal resolverá sobre la admisión de cada una de las pruebas que hayan sido propuestas.
2. Contra la resolución que admita o inadmita cada una de las pruebas sólo cabrá recurso de reposición, que se sustanciará y resolverá en el acto, y, si se desestimare, la parte podrá formular protesta al efecto de hacer valer sus derechos en la segunda instancia.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 285 LEC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 08/01/2001 al 07/10/2015 · redacción original
1. El tribunal resolverá sobre la admisión de cada una de las pruebas que hayan sido propuestas.
2. Contra esa resolución sólo cabrá recurso de reposición, que se sustanciará y resolverá en el acto, y si se desestimare, la parte podrá formular protesta al efecto de hacer valer sus derechos en la segunda instancia.
Ya no está en vigor. BOE-A-2000-323 en el BOE ↗
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en una sentencia de su repertorio. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 12/2023 ↗, de 6 de marzo de 2023 · Recurso de amparo 163-2020
…la administración de justicia había levantado acta detallada de todo lo acaecido, y las partes suscribieron el acta sin formular objeción o reserva (art. 285.2 LEC), lo que, efectivamente, convierte en extemporánea la solicitud. b) Doctrina del Tribunal Constitucional…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.