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MER Mercantil

Artículo 281 Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital

Publicidad del depósito. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Publicidad del depósito

Cualquier persona podrá obtener información del Registro Mercantil de todos los documentos depositados.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 281 LSC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 01/09/2010 al 02/10/2011 · redacción original

    1. El primer día hábil de cada mes, los Registradores mercantiles remitirán al Registro Central una relación de las sociedades que hubieran cumplido durante el mes anterior la obligación de depósito de las cuentas anuales.

    El Boletín Oficial del Registro Mercantil publicará el anuncio de las sociedades que hubieran cumplido con la obligación de depósito.

    2. Cualquier persona podrá obtener información de todos los documentos depositados.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2010-10544 en el BOE ↗

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