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CIV Civil

Artículo 271 Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil

Preclusión definitiva de la presentación y excepciones a la regla. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Preclusión definitiva de la presentación y excepciones a la regla

1. No se admitirá a las partes ningún documento, instrumento, medio, informe o dictamen que se presente después de la vista o juicio, sin perjuicio de lo previsto en la regla tercera del artículo 435, sobre diligencias finales en el juicio ordinario.

2. Se exceptúan de lo dispuesto en el apartado anterior, las sentencias o resoluciones judiciales o de autoridad administrativa, dictadas o notificadas en fecha no anterior al momento de formular las conclusiones, siempre que pudieran resultar condicionantes o decisivas para resolver en primera instancia o en cualquier recurso.

Estas resoluciones se podrán presentar incluso dentro del plazo previsto para dictar sentencia, dándose traslado por diligencia de ordenación a las demás partes, para que, en el plazo común de cinco días, puedan alegar y pedir lo que estimen conveniente, con suspensión del plazo para dictar sentencia.

El Tribunal resolverá sobre la admisión y alcance del documento en la misma sentencia.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 271 LEC tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 08/01/2001 al 04/05/2010 · redacción original

    1. No se admitirá a las partes ningún documento, instrumento, medio, informe o dictamen que se presente después de la vista o juicio, sin perjuicio de lo previsto en la regla tercera del artículo 435, sobre diligencias finales en el juicio ordinario.

    2. Se exceptúan de lo dispuesto en el apartado anterior, las sentencias o resoluciones judiciales o de autoridad administrativa, dictadas o notificadas en fecha no anterior al momento de formular las conclusiones, siempre que pudieran resultar condicionantes o decisivas para resolver en primera instancia o en cualquier recurso. Estas resoluciones se podrán presentar incluso dentro del plazo previsto para dictar sentencia, dándose traslado a las demás partes, para que, en el plazo común de cinco días, puedan alegar y pedir lo que estimen conveniente, con suspensión del plazo para dictar sentencia. El tribunal resolverá sobre la admisión y alcance del documento en la misma sentencia.

    Ya no está en vigor. BOE-A-2000-323 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

Remite a

En el Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional cita este artículo en 5 sentencias de su repertorio, la primera de 2004. Las más recientes, con la frase en que lo hace:

  • STC 129/2019 ↗, de 11 de noviembre de 2019 · Recurso de amparo 544-2019

    …técnicos, electrónicos, informáticos o telemáticos puestos a su disposición para el desarrollo de su actividad y ejercicio de sus funciones, ni el artículo 271 LEC, que habilita practicar las notificaciones por medio de correo, telégrafo o cualquier medio técnico que…

  • STC 187/2014 ↗, de 17 de noviembre de 2014 · Recurso de amparo 698-2012

    …fáctica que a la postre pretende con los mismos), reúne los requisitos establecidos en el precepto procesal laboral aludido, en relación con los arts. 270 y 271 de la Ley de Enjuiciamiento Civil”, razón en la que fundaba su negativa a la incorporación. Se oponía la…

  • STC 35/2010 ↗, de 19 de julio de 2010 · Recurso de amparo 7408-2005

    …Abogado del Estado lo que considera falta de diligencia por parte de la sociedad recurrente, que podría haber hecho uso de la facultad que prevé el art. 271.2 LEC para presentar, en el seno del procedimiento judicial abierto, resoluciones que pudieran resultar…

  • STC 71/2004 ↗, de 19 de abril de 2004 · Recurso de amparo 6895-2002

    …2000), salvo que se tratase de una resolución judicial o administrativa notificada en fecha posterior, en cuyo caso su admisión se subordina por el art. 271.2 LEC 2000 a que dichas resoluciones sean condicionantes o decisivas para la resolución que deba dictarse en…

  • STC 5/2004 ↗, de 16 de enero de 2004 · Recurso de amparo 2330-2003

    …e incorporación a los autos de las mencionadas resoluciones judiciales se invoca la doctrina recogida en el ATC 116/2002 , de 15 de julio, y el art. 271 LEC. 13. La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, por providencia de 18 de diciembre de 2003, acordó…

Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.

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