El texto oficial, literal
Designación de depositario
Puede ser designado depositario el ejecutante o el ejecutado, salvo oposición justificada de la parte contraria. También podrá el secretario judicial aprobar la designación como depositario de un tercero, de existir común acuerdo de las partes o a propuesta de una de ellas, sin oposición justificada de la contraria.
En lenguaje claro
El artículo 257 de la Ley 36/2011 indica quién puede ser designado depositario.
Según este precepto, puede ser designado depositario el ejecutante o el ejecutado, salvo oposición justificada de la parte contraria. Además, el secretario judicial podrá aprobar la designación como depositario de un tercero, cuando exista común acuerdo de las partes o a propuesta de una de ellas, sin oposición justificada de la contraria.
Esta explicación es orientativa. Para su caso concreto conviene que consulte con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién puede ser nombrado depositario?
- Puede serlo el ejecutante o el ejecutado, salvo oposición justificada de la parte contraria.
- ¿Se puede designar a un tercero como depositario?
- Sí, el secretario judicial puede aprobarlo si existe común acuerdo de las partes o a propuesta de una de ellas, sin oposición justificada de la contraria.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.