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Artículo 227 Real Decreto de 22 de agosto de 1885 por el que se publica el Código de Comercio

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Art. 227.

En la liquidación y división del haber social se observarán las reglas establecidas en la escritura de compañía y, en su defecto, las que se expresan en los artículos siguientes. No obstante, cuando la sociedad se disuelva por la causa 3.ª prevista en los artículos 221 y 222, la liquidación se realizará conforme a lo establecido en el capítulo II del título V de la Ley Concursal.

Cómo ha cambiado

Antes de la redacción vigente, el artículo 227 CCom tuvo otra redacción. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.

  1. Del 01/11/1996 al 01/09/2004 · redacción original

    Art. 227.

    En la liquidación y división del haber social se observarán las reglas establecidas en la escritura de la compañía y, en su defecto, las que se expresan en los artículos siguientes.

    Ya no está en vigor. BOE-A-1885-6627 en el BOE ↗

Cómo encaja en su ley

Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.

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