El texto oficial, literal
El tutor y el curador con facultades de representación necesitarán autorización judicial para transigir sobre cuestiones relativas a los intereses de la persona cuya representación ostentan, salvo que se trate de asuntos de escasa relevancia económica.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 1811 CC tuvo 2 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 08/06/1981 al 03/09/2021 · redacción de la Ley 11/1981
El tutor no puede transigir sobre los derechos de la persona que tiene en guarda, sino en la forma prescrita en el presente Código.
Ya no está en vigor. BOE-A-1981-11198 en el BOE ↗
Del 16/08/1889 al 08/06/1981 · redacción original
Ni el marido ni la mujer pueden transigir sobre los bienes y derechos dotales sino en los casos y con las formalidades establecidas para enajenarlos u obligarlos.
Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗