El texto oficial, literal
La extensión y calidad de la prestación de alimentos serán las que resulten del contrato y, a falta de pacto en contrario, no dependerá de las vicisitudes del caudal y necesidades del obligado ni de las del caudal de quien los recibe.
Cómo ha cambiado
Antes de la redacción vigente, el artículo 1793 CC tuvo 2 redacciones. Cada una rigió hasta el día en que entró en vigor la siguiente; las fechas y los textos son los del texto consolidado del BOE.
Del 17/04/1981 al 20/11/2003 · redacción de la Ley 50/1980
(Derogado)
Ya no está en vigor. BOE-A-1980-22501 en el BOE ↗
Del 16/08/1889 al 17/04/1981 · redacción original
El contrato de seguro deberá consignarse en documento público o privado, suscrito por los contratantes.
Ya no está en vigor. BOE-A-1889-4763 en el BOE ↗