El texto oficial, literal
Comunicación al juez
Al finalizar el plazo señalado o en el momento en que se consiga un acuerdo, la administración concursal y los representantes de los trabajadores comunicarán al juez del concurso el resultado del período de consultas.
En lenguaje claro
El artículo establece que, al finalizar el plazo señalado o en el momento en que se consiga un acuerdo, la administración concursal y los representantes de los trabajadores deben comunicar al juez del concurso el resultado del período de consultas.
La norma no detalla aquí qué forma debe tener esa comunicación ni qué efectos produce, solo impone el deber de informar al juez.
Si su situación le afecta directamente, conviene que consulte el caso con un abogado colegiado, que podrá valorar los detalles concretos.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuándo hay que comunicar el resultado al juez?
- Al finalizar el plazo señalado o en el momento en que se consiga un acuerdo.
- ¿Quién tiene que hacer esa comunicación?
- La administración concursal y los representantes de los trabajadores.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.