El texto oficial, literal
El censatario no podrá pedir el perdón o reducción de la pensión por esterilidad accidental de la finca, ni por la pérdida de sus frutos.
En lenguaje claro
Este artículo del Código Civil se refiere a una situación dentro del contrato de censo. En este tipo de contrato, el censatario paga una pensión al censualista.
Lo que dice el artículo es que el censatario no podrá pedir el perdón ni la reducción de la pensión por esterilidad accidental de la finca ni por la pérdida de sus frutos. El artículo no detalla qué debe entenderse por esterilidad accidental ni distingue supuestos concretos de pérdida de frutos.
Si se encuentra usted en una situación relacionada con un censo, le recomendamos consultar con un abogado colegiado que estudie su caso.
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo pedir que me rebajen la pensión del censo si la finca no da cosecha este año?
- No. El artículo señala que el censatario no puede pedir el perdón ni la reducción de la pensión por esterilidad accidental de la finca.
- ¿Qué pasa si se pierden los frutos de la finca sometida a censo?
- La pérdida de los frutos no da derecho al censatario a pedir el perdón ni la reducción de la pensión que debe pagar.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.