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Artículo 135 · Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social

Especialidades del proceso. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

Contenido elaborado por el equipo de JBH y revisado por abogados colegiados independientes de la red. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: no sustituye el asesoramiento de un letrado sobre un caso concreto ni garantiza resultado alguno.

Texto oficial del BOE, reproducido literalmente. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: esta página sirve para comprobar la redacción vigente, no sustituye el criterio de un abogado colegiado.

El texto oficial, literal

1. Este proceso se tramitará con urgencia. En la resolución por la que se admita la demanda se requerirá a la oficina pública competente el envío del expediente administrativo, que habrá de ser remitido en el plazo de dos días.

2. El acto del juicio habrá de celebrarse dentro de los cinco días siguientes a la recepción del expediente.

3. La sentencia, contra la que no cabe recurso, habrá de dictarse en el plazo de tres días, debiendo ser comunicada a las partes y a la oficina pública. De estimar la demanda, la sentencia ordenará de inmediato el registro del acta electoral.

De dónde sale

  • — Norma: Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.
  • — Esta redacción rige desde el 11/12/2011, y sigue vigente.
  • — Quedó así por BOE-A-2011-15936.
  • — Texto consolidado en el BOE: https://www.boe.es/eli/es/l/2011/10/10/36#a135 ↗

Qué artículos remiten a este

Artículo 44 LRJS — Forma de presentación de escritos y documentos

Artículo 46 LRJS — Constancia de la presentación de escritos y su tramitación inmediata

Alrededor, en la misma ley

El anterior: artículo 134 LRJS

El siguiente: artículo 136 LRJS