El texto oficial, literal
Prohibición
En ningún caso las sociedades de capital podrán asumir o suscribir sus propias participaciones o acciones ni las creadas o emitidas por su sociedad dominante.
Cómo encaja en su ley
Sale del propio texto de la ley: los artículos que este menciona y los que lo mencionan a él. Se leen juntos.
Lo mencionan
- Artículo 136 LSC · Adquisición originaria por la sociedad anónima
- Artículo 139 LSC · Consecuencias de la infracción