El texto oficial, literal
Aportaciones de datos de Seguridad Social por medios electrónicos
A efectos de la gestión recaudatoria de los recursos del sistema de la Seguridad Social, el titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social podrá determinar los supuestos y condiciones en que las empresas deberán presentar por medios electrónicos los datos relativos a sus actuaciones en materia de encuadramiento, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social, así como cualesquiera otros exigidos en su normativa.
De igual modo, el titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social podrá determinar los supuestos y condiciones en que las empresas deberán presentar por medios electrónicos los partes de baja y alta, correspondientes a procesos de incapacidad temporal, de los trabajadores a su servicio.
En lenguaje claro
El artículo 131 de la Ley General de la Seguridad Social regula la presentación por medios electrónicos de datos de las empresas a la Seguridad Social, a efectos de la gestión recaudatoria de los recursos del sistema.
En primer lugar, atribuye al titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social la facultad de determinar los supuestos y condiciones en que las empresas deberán presentar por medios electrónicos los datos relativos a sus actuaciones en materia de encuadramiento, cotización y recaudación en el ámbito de la Seguridad Social, así como cualesquiera otros exigidos en su normativa.
En segundo lugar, el mismo titular puede determinar los supuestos y condiciones en que las empresas deberán presentar por medios electrónicos los partes de baja y alta correspondientes a procesos de incapacidad temporal de los trabajadores a su servicio. El artículo no fija por sí mismo los plazos ni las sanciones. Para su aplicación concreta a un caso, conviene consultar a un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Quién decide cuándo las empresas deben enviar los datos por medios electrónicos?
- El titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social es quien determina los supuestos y condiciones en que las empresas deben presentar esos datos por medios electrónicos.
- ¿Qué partes médicos se incluyen en esta previsión?
- Los partes de baja y de alta correspondientes a procesos de incapacidad temporal de los trabajadores al servicio de la empresa.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.