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CIV Civil

Artículo 1290 Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil

Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Los contratos válidamente celebrados pueden rescindirse en los casos establecidos por la ley.

En lenguaje claro

El artículo 1290 del Código Civil señala que un contrato celebrado de forma válida puede, aun así, rescindirse. Rescindir significa aquí dejar sin efecto el contrato.

La rescisión solo cabe en los casos establecidos por la ley. El artículo no detalla cuáles son esos supuestos: se remite a otros preceptos.

Si está pensando en impugnar un contrato o teme que alguien quiera rescindir uno en el que participa, consulte su situación concreta con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Se puede rescindir un contrato que es válido?
Sí. El artículo señala que los contratos válidamente celebrados pueden rescindirse, pero solo en los casos establecidos por la ley.
¿Cuándo cabe la rescisión de un contrato?
El artículo no enumera los supuestos: indica únicamente que la rescisión procede en los casos previstos por la ley.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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