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CIV Civil

Artículo 128 Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias

Indemnización de daños. Texto oficial del BOE, literal, con su fecha de vigencia y el enlace al texto consolidado.

El texto oficial, literal

Indemnización de daños

Todo perjudicado tiene derecho a ser indemnizado en los términos establecidos en este Libro por los daños o perjuicios causados por los bienes o servicios.

Las acciones reconocidas en este libro no afectan a otros derechos que el perjudicado pueda tener a ser indemnizado por daños y perjuicios, incluidos los morales, como consecuencia de la responsabilidad contractual, fundada en la falta de conformidad de los bienes o servicios o en cualquier otra causa de incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato, o de la responsabilidad extracontractual a que hubiere lugar.

En lenguaje claro

El artículo 128 del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establece que todo perjudicado tiene derecho a ser indemnizado por los daños o perjuicios causados por los bienes o servicios, en los términos establecidos en el Libro en que se integra el artículo.

Además, el precepto señala que las acciones previstas en ese Libro no afectan a otros derechos del perjudicado a ser indemnizado por daños y perjuicios, incluidos los morales, derivados de la responsabilidad contractual (fundada en la falta de conformidad de los bienes o servicios o en cualquier otra causa de incumplimiento o cumplimiento defectuoso del contrato) o de la responsabilidad extracontractual a que hubiere lugar.

Para valorar su caso concreto, conviene consultar con un abogado colegiado.

Preguntas frecuentes

¿Quién tiene derecho a ser indemnizado según este artículo?
Todo perjudicado por los daños o perjuicios causados por los bienes o servicios, en los términos establecidos en este Libro.
¿Se pueden reclamar también los daños morales?
Sí. El artículo indica que no se ven afectados otros derechos a ser indemnizado por daños y perjuicios, incluidos los morales, por responsabilidad contractual o extracontractual.

Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.

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