El texto oficial, literal
Art. 121.
Las compañías mercantiles se regirán por las cláusulas y condiciones de sus contratos y, en cuanto en ellas no esté determinado y prescrito, por las disposiciones de este Código.
En lenguaje claro
El artículo 121 del Código de Comercio establece qué normas rigen a las compañías mercantiles.
El precepto fija un orden. En primer lugar, cada compañía se regirá por las cláusulas y condiciones de su contrato. En segundo lugar, en cuanto en dichas cláusulas no esté determinado y prescrito, se aplicarán las disposiciones del propio Código de Comercio. El artículo no detalla qué cláusulas debe contener el contrato ni remite expresamente a otras normas.
Si tiene dudas sobre cómo se aplica esta regla a un caso concreto, le recomendamos consultar con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué normas rigen a las compañías mercantiles?
- Se rigen por las cláusulas y condiciones de sus contratos y, en lo no determinado ni prescrito en ellos, por las disposiciones del Código de Comercio.
- ¿Qué se aplica primero, el contrato de la sociedad o el Código de Comercio?
- Se aplican primero las cláusulas y condiciones del contrato, y solo cuando este no determine ni prescriba algo se acude al Código de Comercio.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.