El texto oficial, literal
Litisconsorcio
1. Podrán comparecer en juicio varias personas, como demandantes o como demandados, cuando las acciones que se ejerciten provengan de un mismo título o causa de pedir.
2. Cuando por razón de lo que sea objeto del juicio la tutela jurisdiccional solicitada sólo pueda hacerse efectiva frente a varios sujetos conjuntamente considerados, todos ellos habrán de ser demandados, como litisconsortes, salvo que la ley disponga expresamente otra cosa.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 2005. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 176/2005 ↗, de 4 de julio de 2005 · Recurso de amparo 3512-2001
…debió ser parte demandada en el proceso de conflicto colectivo entablada por la Caixa y apreciarse falta de litisconsorcio pasivo necesario (art. 12.2 LEC), así como que, al no haberse hecho así, se produjo una defectuosa constitución de la relación…
STC 66/2005 ↗, de 14 de marzo de 2005 · Recurso de amparo 1158-2004
…un vial objeto de la antes referida acción declarativa de dominio, solicitó la intervención en el proceso en calidad de demandada de acuerdo con los arts. 12 y 13 LEC, al ostentar un interés directo y legítimo en el resultado del pleito, ya que, de recaer una resolución…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.