El texto oficial, literal
Tendrá lugar la compensación cuando dos personas, por derecho propio, sean recíprocamente acreedoras y deudoras la una de la otra.
En el Tribunal Constitucional
El Tribunal Constitucional cita este artículo en 2 sentencias de su repertorio, la primera de 1997. Las más recientes, con la frase en que lo hace:
STC 233/1999 ↗, de 16 de diciembre de 1999 · Recursos de inconstitucionalidad 572-1989, 587-1989, 591-1989, Cuestiones de inconstitucionalidad 4626-1996, 2679-1996, 4646-1996, 2820-1996, 745-1997 (acumulados)
…comienza el Abogado del Estado señalando, de una parte, que, cuando se dan los requisitos legales, la compensación se produce ipso iure (arts. 1195, 1196 y 1202 Código Civil: Sentencias del Tribunal Supremo, Sala Primera, entre otras, de 7 de junio de 1983, 16 de…
Cada sentencia se refiere a la redacción del artículo que regía en su caso, que puede no ser la vigente que se lee arriba. Fuente: texto de las sentencias en el repertorio oficial del Tribunal Constitucional.