El texto oficial, literal
Inversiones
Las reservas de estabilización que no hayan de destinarse de modo inmediato al cumplimiento de las obligaciones reglamentarias serán invertidas de forma que se coordinen las finalidades de carácter social con la obtención del grado de liquidez, rentabilidad y seguridad técnicamente preciso.
En lenguaje claro
El artículo 111 de la Ley General de la Seguridad Social se refiere a qué debe hacerse con las reservas de estabilización que no hayan de destinarse de modo inmediato al cumplimiento de las obligaciones reglamentarias.
La norma dice que esas reservas serán invertidas de forma que se coordinen las finalidades de carácter social con la obtención del grado de liquidez, rentabilidad y seguridad técnicamente preciso. El artículo no detalla porcentajes, productos de inversión ni plazos concretos.
Si necesita aplicar este artículo a un caso concreto, consulte con un abogado colegiado.
Preguntas frecuentes
- ¿Qué se hace con las reservas de estabilización que no se usan de inmediato?
- Se invierten coordinando las finalidades de carácter social con la liquidez, rentabilidad y seguridad técnicamente precisa.
- ¿Qué criterios se tienen en cuenta al invertir estas reservas?
- Las finalidades de carácter social junto con el grado de liquidez, rentabilidad y seguridad técnicamente preciso.
Explicación redactada con ayuda de inteligencia artificial y contrastada con el texto oficial del BOE el 3 de octubre de 2026. Explica lo que dice la norma; no es asesoramiento sobre su caso.