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PEN Penal

Abogado de lesiones y agresiones

Tanto si le investigan como si es usted la víctima: cuéntenos qué ha pasado y un abogado penalista que lleva asuntos de lesiones y agresiones le llama en las próximas horas. Primera valoración sin coste.

  • Abogados colegiados en ejercicio
  • Atención 24 horas, 365 días
  • Confidencial: secreto profesional
  • Primera valoración sin coste
Llamar ahora · +34 872 290 320

Atendemos a cualquier hora. Si es urgente, le pasamos en ese momento con una persona del equipo.

La ley que se aplica aquí

Todo sobre lesiones y agresiones: qué dice la ley, cómo se defiende y qué plazos corren

En los delitos de lesiones, lo decisivo es el detalle: qué ocurrió realmente, quién inició la agresión, qué dice el parte médico y si hubo legítima defensa. Construimos la defensa sobre esos elementos, no sobre versiones.

Apartado 01

Si está pasando ahora, no rellenes nada.

Descolgamos a cualquier hora, también fines de semana y festivos. Si es una urgencia, te pasamos en ese momento con una persona del equipo.

¿No es urgente? Cuéntanos tu caso y te respondemos en menos de 24 horas.

  • Hay una persona detenida o incomunicada
  • Registro, entrada domiciliaria o intervención en curso
  • Citación, juicio o comparecencia próximos
  • Acabas de recibir una denuncia, querella o notificación judicial

Apartado 02

Lesión leve o grave: dónde está la frontera (art. 147 CP)

El Código Penal distingue entre la lesión que requiere, además de una primera asistencia, tratamiento médico o quirúrgico para sanar (delito del art. 147.1) y la de menor entidad (delito leve del art. 147.2). La calificación cambia por completo la pena.

Cuando concurren circunstancias como el uso de armas u objetos peligrosos, ensañamiento o una víctima especialmente vulnerable, la pena se agrava (art. 148). Y si hay pérdida de un órgano, esterilidad o deformidad, hablamos de las lesiones más graves (arts. 149 y 150).

Apartado 03

Legítima defensa y riña mutua

No siempre que hay lesiones hay delito. Quien se defiende de una agresión ilegítima, dentro de los límites que la ley exige, actúa amparado por la legítima defensa (art. 20.4 CP), que puede excluir la responsabilidad penal.

En las peleas es frecuente que cada parte denuncie a la otra. Reconstruir quién inició la agresión y en qué condiciones es, a menudo, lo que decide el resultado del procedimiento.

Apartado 04

Defensa: partes médicos, testigos y prueba

La defensa se apoya en el análisis de los partes de lesiones (mecanismo, compatibilidad con la versión), en los testigos, en las imágenes disponibles y en la valoración de las circunstancias que atenúan o excluyen la responsabilidad.

También se valora la reparación del daño y el acuerdo con la otra parte cuando es posible, como vía para atenuar la pena o cerrar el conflicto.

Apartado 05

Te detienen o te citan como investigado: tus derechos, plazos y errores

Derechos, plazos (72 h) y errores que pueden costarte el caso si te detienen o te citan como investigado.

Preguntas frecuentes

Apartado 06

Lo que más nos preguntan

¿Cuándo una lesión es delito y cuándo delito leve?
Si para sanar hizo falta tratamiento médico o quirúrgico (además de una primera asistencia), suele ser el delito del art. 147.1; si la lesión fue de menor entidad, el delito leve del art. 147.2. El parte médico es clave para esa frontera.
¿Si me agredieron y me defendí, es delito?
Quien repele una agresión ilegítima dentro de los límites legales actúa en legítima defensa, lo que puede excluir la responsabilidad penal. Demostrar quién inició la agresión y cómo es esencial.
¿Sirve de algo llegar a un acuerdo con la otra parte?
Puede ayudar: la reparación del daño es una atenuante y, en los delitos leves, un acuerdo puede facilitar el archivo. Conviene valorarlo con tu abogado según el caso.

Qué pasa después de escribirnos

  1. 1Cuéntenos qué ha pasado

    Dos minutos: su nombre, su teléfono y lo ocurrido con sus palabras. No hace falta que sepa de qué delito se trata.

  2. 2Le creamos su cuenta y sube la documentación

    Recibe un código por correo. Con él entra y sube lo que tenga: la denuncia, la citación, la carta del juzgado. Una foto hecha con el móvil vale.

  3. 3Un abogado le llama en las próximas horas

    Colegiado y en ejercicio. Le dice su nombre, su colegio y su número antes de empezar, y le explica qué toca hacer y qué plazos corren.

Lo que suele preguntar quien llega aquí

¿Quién me va a llamar?

Un abogado penalista colegiado en ejercicio. JBH es una plataforma de intermediación jurídica: coordinamos su caso con abogados independientes y le decimos quién es antes de empezar.

¿Cuánto cuesta?

La primera valoración no tiene coste ni compromiso, y no se le pide ninguna tarjeta. Si sigue adelante, recibe un presupuesto cerrado por escrito antes de que nadie trabaje.

¿Cuándo me llaman?

En las próximas horas, también fines de semana. Si es urgente, no espere la llamada: marque el +34 872 290 320 y le atendemos en el momento.

¿Qué pasa con lo que cuento?

Queda en su cuenta, cifrado, y solo lo ve el abogado que lleva su asunto. Puede pedir que se suprima cuando quiera.

DIEZ ÁREAS · UN MISMO MÉTODO